VISTO:
La gran capacidad de generar actividad económica y con ello empleo genuino de la Obra Pública;
La prácticamente inexistente capacidad de los Estados Municipales para financiar obra pública con recursos propios, por lo que dependen no sólo de aportes de algún programa de La Provincia o la Nación para afrontar sus dificultades de acompañar con infraestructura de servicios al crecimiento poblacional de sus respectivas comunidades;
Las carencias luego de la década del ´90 y sus “costumbres globales”, destacándose la marcada propensión de la etapa al hiperconsumo sin que estuvieran dadas las condiciones para subsanar luego las consecuencias en términos de infraestructura, sumado a la irrefrenable concentración de habitantes en las ciudades termina profundizando un desequilibrio que debe ser atendido antes que sus secuelas sean tan complejas que se tornen imposibles de solucionar, y;
CONSIDERANDO:
Que las administraciones locales, se encuentran hoy, con serias dificultades para cumplir con las demandas de extensiones de redes de agua potable, cloacas, de gas natural, energía eléctrica, alumbrado público, de saneamiento de sus residuos, de consolidación o pavimentación de arterias, etc.; y en muchos casos con servicios en manos de empresas privatizadas que raramente analizan como variables dignas de atención en sus cálculos, las que sí son fundamentales para el Estado como por ejemplo la salud, la seguridad, el ambiente, etc.-
Que hoy, las condiciones en casi todos los aspectos han mejorado y el aumento de la actividad económica ha significado incrementos en las recaudaciones;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DEL PARTIDO DE NAVARRO, EN USO DE
LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
Artículo 1º: ADHIÉRASE al Proyecto de Ley enviado por el Diputado Provincial, Juan A. Gobbi, destinado a crear un fondo especial que tenga como objetivo financiar un Programa Provincial de Obras Municipales que tiendan al mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes de la Provincia de Buenos Aires.-
Artículo 2º: ENVÍESE una copia de la misma a la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires.-
Artículo 3º: Comuníquese a quien corresponda, dese al libro de Resoluciones y Decretos y cumplido, archívese.
REGISTRADO CON EL Nº 007/04.-
EXPEDIENTE Nº 2095 -HCD- 04.-
DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL H.
CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO
DE NAVARRO, A LOS 03 DIA DEL MES
DE MAYO DEL 2004.-
CARLOS M. TOMATIS MARTA TEGLIA DE MAGGIOTTI
Secretario Presidente
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante