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018/09 Establecimientos comerciales

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VISTO:

La cantidad de bolsas de plástico que deterioran y contaminan nuestro medio ambiente;

Que el 28 de octubre de 2008, el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires sancionó la ley 13.868 que establece la prohibición del uso de las bolsas de polietileno y todo plástico convencional entregado por los comercios para el transporte de mercadería; y

CONSIDERANDO:

Que estas bolsas tardan en degradarse alrededor de 300 años y la mayor parte de ellas acaban en un basural o bien incineradas. Resultado que constituye un grave problema ya que su incineración genera gases contaminantes nocivos para la salud humana y el hecho de su longevidad hace que contaminen el suelo, cursos fluviales y mares;

Que también se generan problemas en nuestra infraestructura como por ejemplo, bloqueos en alcantarillas que pueden generar inundaciones;

Que dichas bolsas se componen de polietileno o de polipropileno, compuesto que se obtiene del petróleo y que en el proceso de fabricación la misma emite a la atmósfera una gran cantidad considerable de CO2, principal gas causante del cambio climático;

Que es necesario concientizar a la sociedad sobre las ventajas del uso de materiales reciclables y ecológicos;

POR TODO ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DEL PARTIDO DE NAVARRO, EN USO DE
LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
SANCIONA CON FUERZA DE

RESOLUCION

Artículo 1º: El departamento Ejecutivo, a través del área correspondiente, instruirá a los establecimientos comerciales sobre la existencia de la Ley 13.868 y luego de transcurridos los 60 días de sancionada la presente Resolución, supervisará la aplicación de la misma.-

Artículo 2º: El Departamento Ejecutivo realizará campañas de difusión y concientización sobre el uso racional de bolsas de material no degradable y/o no biodegradable.-

Artículo 3º: Envíese copia de la presente Resolución a las localidades vecinas, invitándolas a sumarse a esta iniciativa, haciendo aplicar la Ley Nº 13.868 a fin de erradicar este problema de nuestro País.-

Articulo 4º: Comuníquese a quien corresponde, dese al libro de Resoluciones y Decretos y cumplido, archívese.

REGISTRADO CON EL Nº 018/09.-

EXPEDIENTE Nº 2811 -HCD- 09.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL H.
CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO
DE NAVARRO, A LOS 14 DIAS DEL MES
DE SEPTIEMBRE DEL 2009.-

CÉSAR P. ETCHART LEONARDO POUYSEGÚ
Secretario Presidente
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante