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023/05 Mataderos de animales

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VISTO: Que nuevamente el Departamento Ejecutivo ha autorizado el faenamiento de cerdos en domicilios e instalaciones particulares, sin la debida presencia de Inspectores Veterinarios y que con este sistema de trabajo, la Dirección de Bromatología sólo obliga a la remisión de muestras para el posterior análisis de rigor, y; CONSIDERANDO: Que el municipio no puede renunciar a efectuar los controles estrictos y sistemáticos que aseguren la sanidad de todos los animales que luego serán objeto de consumo en nuestra comunidad, dejando librado a la buena voluntad y responsabilidad de faenadores, chacinadores y carniceros el correcto cumplimiento del envío de las muestras de los animales faenados. Que la demostrada falta de controles que hubo en la materia en los últimos años fue la causa inocultable del brote de Triquinosis que tuvo como víctimas a más de un centenar de vecinos en el año 2004, y que esto fuera el motivo de la creación de la Dirección de Bromatología, a la que se incorporaron dos veterinarios más a los dos que ya tenía la Dirección de Inspección General. Que en oportunidad de ese brote de Triquinosis quedó en evidencia el estado de deterioro y abandono al que se había sometido a las instalaciones del Matadero de Animales Menores, a tal punto que los funcionarios de SENASA prohibieron que se continuara con las faenas en ese lugar dado su deterioro y falta de higiene. Que el control normatizado de sanidad únicamente estará garantizado si el municipio implementa un sistema centralizado que verifique la faena, el muestreo y el análisis de todos los animales destinados al consumo humano, y que desestimar estas obligaciones municipales equivale a reinstalar hábitos que nos hacen retroceder más de una década en materia de controles sanitarios. Que es obligación del Municipio brindar las garantías para que la población consuma productos debidamente controlados, a la vez que ofrezca a productores, carniceros, chacinadores y elaboradores particulares, instalaciones de faena aptas para tal fin. POR TODO ELLO: EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE NAVARRO, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE RESOLUCIÓN Artículo 1º: El Honorable Concejo Deliberante de navarro resuelve dirigirse al Departamento Ejecutivo Municipal con el objeto de exigir la reinstalación del Matadero de Animales Menores, en el que se deberá centralizar y controlar “in situ” la faena y la sanidad de los animales que luego serán destinados a consumo humano.- Artículo 2º: Comuníquese a quien corresponda, dése al Libro de Resoluciones y Decretos, y cumplido, archívese.- REGISTRADO CON EL Nº 023/05.- EXPEDIENTE Nº 2259 -HCD- 05.- DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL H. CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE NAVARRO, A LOS 13 DIAS DEL MES DE JUNIO DEL 2005.- CARLOS M. TOMATIS MARTA TEGLIA DE MAGGIOTTI Secretario Presidente Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante