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037/18 – Situación de crisis por la que atraviesan la empresa Lagomarsino y sus empleados.-

  • por

VISTO:

              La situación crítica por la que está atravesando la empresa Lagomarsino debido a la inestabilidad económica del País, teniendo que tomar medidas severas para con los empleados en pos de sostener la fuente laboral, y;

CONSIDERANDO:

                                  Que ya ha decidido la aplicación de un recorte de los haberes de un 15% con la aplicación del Artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo.

                                  Que aunque dicho recorte será devuelto a partir del mes de febrero de 2019, los empleados hoy se ven afectados en sus ingresos sumando a la depreciación del poder adquisitivo, con una inflación del 6,5% sólo en el mes de Septiembre.

                                  Que como reza la nota elevada por la Unión Obrera Molinera Argentina, seccional Navarro a éste Cuerpo Deliberativo solicitando nuestra intervención  para que la empresa pueda realizar las acciones pertinentes a nivel Nacional y Provincial para pallar su situación y por ende de sus empleados, pidiendo además se les dé un tratamiento urgente, ya que los tiempos en estos casos son de suma importancia.

                                  Que como representantes del pueblo debemos expedirnos para dar una respuesta y además aportar nuestro apoyo a la resolución del conflicto.

POR TODO ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

DEL PARTIDO DE NAVARRO, EN USO DE

LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,

SANCIONA LA SIGUIENTE

RESOLUCIÓN

Artículo 1°: SOLICÍTASE a la Secretaría de trabajo de la Nación y al Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, articule y agote todas las instancias necesarias para la resolución de la situación de crisis por la que atraviesan la empresa Lagomarsino y sus empleados.-

Artículo 2°: ELÉVESE copia de la misma con acuse de recibo a la Secretaría de Trabajo de la Nación, al Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, a la empresa Lagomarsino y a la Unión Obrera Molinera de Argentina.-

Artículo 3°: Los vistos y considerandos forman parte de la presente.-

Artículo 4º: Comuníquese a quien corresponde, dese al libro de Resoluciones y Decretos y cumplido, archívese.-

REGISTRADO CON EL Nº 037/18.-

EXPEDIENTES Nº 3857 -HCD- 18.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL H.

CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO

DE NAVARRO, A LOS 13 DIAS DEL MES

DE NOVIEMBRE DEL 2018.-

      GUILLERMINA BRUNO                                         ALFREDO CASTELLARI

                    Secretaria                                                                  Presidente

Honorable Concejo Deliberante                              Honorable Concejo Deliberante orable Concejo Deliberante �