VISTO:
La Ordenanza Nº 789/01, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante de Navarro, y;
CONSIDERANDO:
Que, por la Ordenanza Nº 789/01, se procedió a Homologar el Listado de Adjudicación Titulares y Suplentes de 24 Viviendas construidas en villa Moll, en el Marco del Convenio Solidaridad, y;
Que, al existir modificaciones en dichos Listados de Adjudicatarios Titulares y Suplentes, es conveniente derogar dicha Ordenanza Nº 789/01 y proceder a Homologar nuevo Listado de Adjudicatarios, y;
Que, la presente será además instrumento imprescindible, a fin de proceder a la escrituración de las mismas, bao el régimen de la Ley 10.830;
POR TODO ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DEL PARTIDO DE NAVARRO, EN USO DE
LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1º: DERÓGUESE la Ordenanza Nº 789/01.-
Artículo 2º: CONVALÍDASE los Listados de Adjudicatarios Titulares y Suplentes de 24 Viviendas construidas en Villa Moll en el Marco del Convenio Solidaridad, que figuran como Anexo I del presente.-
Artículo 3º: DECLÁRASE la presente de Interés Social, al solo efecto de tramitar la escrituración de acuerdo a la Ley 10.830.-
Artículo 4º: Comuníquese a quien corresponde, dese al libro de Resoluciones y Decretos y cumplido, archívese.-
REGISTRADO CON EL Nº 1077/08.-
EXPEDIENTES Nº 2588 -HCD- 07.-
DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL H.
CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO
DE NAVARRO, A LOS 12 DIAS DEL MES
DE MAYO DEL 2008.-
VICTORIA CERDÁ LEONARDO POUYSEGÚ
Secretaria Ad-Hoc Presidente
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante