1224/11 Convenio de Descentralizacion

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DEL PARTIDO DE NAVARRO, EN USO DE
LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo 1º: CONVALÍDASE el “CONVENIO DE DESCENTRALIZACIÓN EN INFRAESTRUCTURA”, suscripto entre el Ministerio de Seguridad y Justicia de la Provincia de Buenos Aires, representado por su Ministro Dr. Ricardo CASAL, y la Municipalidad de Navarro, representada por el Intendente Municipal de Navarro, Sr. Alfredo CASTELLARI, por el cual el Ministerio de Seguridad y Justicia dispone de la entrega al Municipio de Navarro de la suma de pesos ciento treinta mil seiscientos cuarenta y cinco ($ 130645,00),los cuales serán destinados exclusivamente para afrontar los gastos que demande la refacción de la Comisaría de Navarro.-

Artículo 2º: Comuníquese a quien corresponde, dése al libro de Resoluciones y Decretos y cumplido, archívese.-

REGISTRADO CON EL Nº 1224/11.-

EXPEDIENTE Nº 3044 -HCD- 11.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL H.
CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO
DE NAVARRO, A LOS 26 DIAS DEL MES
DE SEPTIEMBRE DEL 2011.-

DARÍO DI FLORIO OMAR ETCHEVERRY
Secretario Presidente
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante

CONVENIO DE DESCENTRALIZACIÓN EN INFRAESTRUCTURA

Entre el Ministerio de Justicia y Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, representado en este acto por su titular, Dr. Ricardo CASAL, con domicilio en calle 2 entre 51 y 53 de la Ciudad de La Plata, en adelante “EL MINISTERIO”, por una parte, y por la otra, la Municipalidad de NAVARRO, representada en este acto por el Intendente Municipal, Alfredo CASTELLARI, con domicilio en calle 107 Nº 80, en adelante “EL MUNICIPIO”, ad-referéndum del respectivo Honorable Concejo Deliberante y denominadas conjuntamente “LAS PARTES”, acuerdan celebrar el presente Convenio de Descentralización en Infraestructura en orden a las siguientes condiciones:

Que, el Artículo 10 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires establece que todos los habitantes de la Provincia tienen el derecho a ser protegidos en su vida, libertad, reputación, seguridad y propiedad, siendo dicha premisa responsabilidad primordial del Estado;

Que, por su parte la Ley de Seguridad Pública Nº 12.154 prevé la interacción permanente del pueblo de la Provincia de Buenos Aires, a través de la participación comunitaria en materia de seguridad pública;

Que, en este contexto, el Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Navarro han decidido llevar adelante acciones destinadas a la refacción de una dependencia policial en el ámbito de este distrito, asignando a la Comuna para el cumplimiento de dicho objetivo, una suma de dinero, cuya afectación y contralor estará a cargo de la Dirección de Arquitectura Policial dependiente del Programa de Infraestructura Judicial, Penitenciaria y Policial con la respectiva rendición de cuentas en que se detallará la inversión de los fondos asignados;

Que, las acciones mancomunadas que se impulsan tienen como finalidad optimizar la utilización de los fondos públicos destinados a la seguridad ciudadana y así lograr una mayor eficiencia, eficacia y celeridad en cada una de las acciones y tareas que se emprendan;

Por ello, y en virtud de las competencias atribuidas al Ministerio de Justicia y Seguridad por el Artículo 18 de la Ley Nº 13.757 y sus modificatorias, y las otorgadas por los Artículos 41 y 108 inciso 11 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, al Intendente Municipal y al Concejo Deliberante, “LAS PARTES” acuerdan celebrar el presente, sujeto a las siguientes cláusulas:

PRIMERA: “EL MINISTERIO” otorga a “EL MUNICIPIO” la suma de PESOS CIENTO TREINTA MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CINCO ($ 130.645,00), los que serán destinados por “EL MUNICIPIO”, exclusivamente, para afrontar los gastos que demande la refacción de la Comisaría, de conformidad con las especificaciones técnicas que como Anexo I forman parte integrante del presente, la que deberá encontrarse concluida en el término de noventa (90) días a partir de la aprobación del presente.-

SEGUNDA: “EL MINISTERIO” efectuará el contralor interno de la afectación de los recursos remitidos para los fines establecidos en la cláusula anterior por medio de la Dirección de Arquitectura Policial dependiente del Programa de Infraestructura Judicial, Penitenciaria y Policial, conforme al Reglamento de Inspección de Obra que como Anexo II integra el presente.-

TERCERA: “EL MUNICIPIO” deberá rendir cuenta de la debida inversión de los fondos asignados ante la Dirección General de Administración de “EL MINISTERIO”, de conformidad con los plazos que la misma establezca y la documentación que a tales fines establezcan de manera conjunta la Dirección General de Administración y la Dirección de Arquitectura Policial de “EL MINISTERIO”. A todo evento serán de aplicación las previsiones contenidas en los Decretos Nº 467/07, Nº 1243/07 y modificatorios.-

CUARTA: “LAS PARTES” se comprometen a suscribir, en caso de resultar ello necesario, los correspondientes Protocolos Adicionales, que resulten menester para la debida implementación del presente.-

QUINTA: A todos los efectos legales derivados del presente Convenio, “LAS PARTES” constituyen sus domicilios en los indicados en el acápite del presente, lugar éste donde se tendrán por válidas todas las notificaciones y emplazamientos, sometiéndose a iguales efectos a los Tribunales del Fuero Contencioso Administrativo de la Ciudad de La Plata, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción.-

En prueba de conformidad, se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad de La Plata a los _____ días del mes de ______________ de 2011.—————————————————————————————————

Dr. RICARDO CASAL
Ministerio de Justicia y Seguridad
Provincia de Buenos Aires ALFREDO CASTELLARI
Intendente
Municipalidad de Navarro