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1392/15 – Homologación del nuevo Listado de Adjudicatarios de viviendas en el marco del Plan “Compartir Policía”.

  • por

VISTO:

El Expediente Interno Municipal Nº 263/15 y la Ordenanza Municipal Nº 1322/13, y;

CONSIDERANDO:

Que, en virtud de la Ordenanza Municipal Nº 1322 se procede a homologar el nuevo Listado de Adjudicatarios de viviendas en el marco del Plan “Compartir Policía”;

Que, de acuerdo a dicho listado el Sr. Fernando Miguel Lezcano, es titular del lote de terreno denominado catastralmente como: Circ. I; Sec. C; Qta. 50; Mz. 50 h; Lote 6;

Que, el nombrado adjudicatario por razones laborales ha sido destinado a cumplir sus funciones de Policía en Luján, viéndose obligado a vivir en dicha localidad, por tal circunstancia este solicita la correspondiente aprobación para cambiar la titularidad de su lote, a favor de su hermana Eliana Raquel Lezcano DNI 26.852.677;

Que, en virtud del relevamiento Socio Ambiental Municipal realizado por el Área Municipal correspondiente, se observa la Srta. Eliana Raquel Lezcano y su pareja no cuentan con vivienda propia;

Que, la nombrada Srta. Lezcano ha sido beneficiada en el sorteo del Programa de Crédito Argentino (PRO.CRE.AR), para la construcción de su vivienda, no contando con los fondos necesarios para la compra de un terreno;

POR TODO ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DEL PARTIDO DE NAVARRO, EN USO DE
LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo 1º: DESADJUDÍCASE el lote identificado catastralmente: Circ. I; Sec. C; Qta. 50; Mz. 50 h; Lote 6, el cual tiene como titular al Sr. Fernando Miguel Lezcano, DNI: 25.272.533.-

Artículo 2º: HOMOLÓGUESE la adjudicación del lote de terreno cuya denominación catastral es Circ. I; Sec. C; Qta. 50; Mz. 50 h; Lote 6, a favor de la Sra. Eliana Raquel Lezcano, DNI: 26.852.677.-

Artículo 3º: El precio que la beneficiaria deberá abonar por el lote que le adjudicara oportunamente el Departamento será el correspondiente al monto de su valuación fiscal. La adjudicataria podrá abonar el lote en cuotas mensuales, iguales y consecutivas; no pudiendo ser el monto de esas cuotas inferior al 15% del ingreso familiar ni superior al 25% del mismo.-

Artículo 4º: Comuníquese a quien corresponde, dese al libro de Resoluciones y Decretos y cumplido, archívese.-

REGISTRADO CON EL Nº 1392/15.-

EXPEDIENTE Nº 3431 -HCD- 15.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL H.
CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO
DE NAVARRO, A LOS 08 DIAS DEL MES
DE JUNIO DEL 2015.-

EDUARDO BOLONTRADE OSVALDO ASTEGIANO
Secretario Presidente
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante