1398/15 – “CONVENIO PRÓRROGA”, para la continuidad del Programa Médicos Comunitarios, Equipos de Salud del Primer Nivel de Atención (Resolución 915/04 y sus modificatorias).

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DEL PARTIDO DE NAVARRO, EN USO DE
LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo 1º: CONVALÍDASE el “CONVENIO PRÓRROGA”, suscripto entre el Ministerio de Salud de la Nación y la Municipalidad de Navarro de la Provincia de Buenos Aires, para la continuidad del Programa Médicos Comunitarios, Equipos de Salud del Primer Nivel de Atención (Resolución 915/04 y sus modificatorias), suscripto por su titular el Dr. Daniel Gustavo GOLLAN por una parte, y por la otra el Sr. Intendente Municipal de Navarro Lic. Santiago Alejandro MAGGIOTTI, el cual tiene como objeto prorrogar por el término de un año, a partir del 1º de Abril de 2015 al 31 de marzo de 2016, la implementación del Convenio denominado “Médicos Comunitarios”. Se adjunta copia de Convenio y Resolución Nº 485 del Ministerio de Salud.-

Artículo 2º: Comuníquese a quien corresponde, dese al libro de Resoluciones y Decretos y cumplido, archívese.-

REGISTRADO CON EL Nº 1398/15.-

EXPEDIENTE Nº 3445 -HCD- 15.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL H.
CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO
DE NAVARRO, A LOS 11 DIAS DEL MES
DE AGOSTO DEL 2015.-

EDUARDO BOLONTRADE OSVALDO ASTEGIANO
Secretario Presidente
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante

CONVENIO PRÓRROGA ENTRE EL MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN Y EL MUNICIPIO DE NAVARRO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, PARA LA CONTINUIDAD DEL PROGRAMA MÉDICOS COMUNITARIOS. Equipos de Salud del Primer Nivel de Atención (Resolución 915/04 y sus modificatorias)

Entre el MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN, representado por el Señor Ministro de Salud de la Nación, Dr. Daniel Gustavo GOLLAN, con domicilio en la Avenida 9 de Julio 1925, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y el Municipio de Navarro, Provincia de Buenos Aires, representado por el Señor Intendente, Licenciado Santiago Alejandro MAGGIOTTI, con domicilio en la calle 107 Nº 80; Provincia de Buenos Aires, en adelante JURISDICCIÓN, se conviene en celebrar el presente “CONVENIO PRÓRROGA”, para la puesta en marcha del Programa de “Médicos Comunitarios – Equipos de Salud del Primer Nivel de Atención” a tenor de las siguientes Cláusulas:

OBJETIVOS GENERALES

CLÁUSULA PRIMERA: Prorrogar por el término de un (1) año a partir del 1º de Abril de 2015 al 31 de Marzo de 2016, el Convenio suscripto el día 1º de Abril de 2011 entre el Ministerio de Salud de la Nación y el Municipio de Navarro, Provincia de Buenos Aires, que forma parte integrante del presente.-

CLÁUSULA SEGUNDA: Se adjunta el Listado del Recurso Humano que integra los equipos Comunitarios para la Aprobación y Financiación de NACIÓN.-

CLÁUSULA TERCERA: Las Partes podrán rescindir unilateralmente la prórroga del presente Convenio, mediante notificación fehaciente con una antelación no menor a los 30 (treinta) días.-

CLÁUSULA CUARTA: Las restantes cláusulas se mantendrán inalterables y se tiene por reproducidas en el presente Convenio.-

En prueba de conformidad se firman DOS (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, a los 02 días del mes de MARZO de 2015.-

SANTIAGO A. MAGGIOTTI
INTENDENTE
Municipalidad de Navarro Dr. DANIEL GUSTAVO GOLLAN Ministro Salud