VISTO:
La Ordenanza Municipal N° 1305/2013, y;
CONSIDERANDO:
Que la nombrada Ordenanza Municipal establece el recorrido de todas las líneas de transporte público de pasajeros que ingresan a la planta urbana del Partido de Navarro,
Que recientemente se ha inaugurado la nueva Terminal de Ómnibus de la Ciudad de Navarro, ubicada en Av. 16 (9 de julio) y calle 1 (Bulevar Cambas),
Que a fin de adecuar los recorridos de todas las líneas de transportes públicos que ingresan y circulan por el ejido urbano de la localidad es preciso modificar la Ordenanza Municipal N° 1305/13,
POR TODO ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DEL PARTIDO DE NAVARRO, EN USO DE
LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1º: MODIFICASE el artículo 2° de la Ordenanza Municipal N° 1305/13 el cual quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 2°: Las líneas de transportes automotor de pasajeros que ingresen a esta Localidad desde Ruta Provincial N° 41 por el Acceso Laguna Navarro, lo harán hasta calle 101 e ingresarán a la nueva Terminal de Ómnibus haciendo allí su espera y partiendo de la misma sin realizar recorridos internos.”-
Artículo 2°: MODIFICASE el artículo 3° de la Ordenanza Municipal N° 1305/13 el cual quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 3º: Las líneas de transportes automotor de pasajeros que ingresen desde acceso Ruta Nacional N° 40 (ex 200), lo harán hasta Boulevard 119, por Boulevard 119, hasta Boulevard 34, por Boulevard 34 hasta calle 1, por calle 1 hasta la nueva Terminal de Ómnibus haciendo su regreso por las mismas arterias.”
Artículo 3º: MODIFICASE el artículo 4° de la Ordenanza Municipal N° 1305/13 el cual quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 4°: Las líneas de transporte automotor de pasajeros que ingresen por Acceso Ruta Provincial N° 47 lo harán por Boulevard 19, hasta Boulevard 34, por Boulevard 34 hasta calle 1, por calle 1 hasta la nueva Terminal de Ómnibus, haciendo su regreso por las mismas arterias.”
Artículo 4°: DERÓGUESE los Artículos 5°, 6° y 7° de la Ordenanza Municipal N° 1305/2013. –
Artículo 5º: Comuníquese a quien corresponde, dese al libro de Resoluciones y Decretos y cumplido, archívese. –
REGISTRADO CON EL Nº 1617/21.-
EXPEDIENTE Nº 4230 -HCD- 21.-
DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL H.
CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO
DE NAVARRO, A LOS 11 DIAS DEL MES
DE AGOSTO DEL 2021.-
RODOLFO SALEMI PAOLA A. MAGGIOTTI
Secretario Presidenta
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante