EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DEL PARTIDO DE NAVARRO, EN USO DE
LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1º: Modifícase el artículo 1º de la Ordenanza Nº 601/97 por el siguiente:
“Artículo 1º: Autorízase la inclusión del Municipio de Navarro en el marco del Consorcio del Corredor Productivo Municipios al Mercosur como integrante del mismo”.-
Artículo 2º: Incorpórese como artículo 2º el siguiente:
“Artículo 2º: Apruébase el Estatuto suscripto por el Departamento Ejecutivo son fecha 15 de diciembre de 1997, que como ANEXO I forma parte de la presente”.-
Artículo 3º: Comuníquese a quien corresponde, dese al libro de Resoluciones y Decretos y cumplido, archívese.
REGISTRADO CON EL Nº 633/98.-
EXPEDIENTE Nº 1351 -HCD- 98.-
DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL H.
CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO
DE NAVARRO, A LOS 01 DIAS DEL MES
DE ABRIL DE 1998.-
FEDERICO MARTIN GIMENO RAÚL OSVALDO LAMBERT
Secretario Presidente
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante