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682/99 Pago de tasas

  • por

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DEL PARTIDO DE NAVARRO, EN USO DE
LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo 1º: Exímase a todos los Jubilados y Pensionados, Bomberos Voluntarios, Ex-Combatientes de Malvinas, Agentes Municipales y personas mayores de 65 años desocupados del Partido de Navarro, del pago de la Tasa por Servicios Generales Urbanos.-

Artículo 2º: Para acogerse al beneficio citado, el contribuyente deberá:
a) Ocupar personalmente el inmueble afectado al pago de la Tasa respecto del cual se solicita la eximisión.
b) Acreditar que percibe como único haber mensual una suma equivalente o inferior al sueldo que perciben los agentes municipales de la categoría 10 (50 módulos); exceptuándose del cumplimiento de dicho recaudo a los Ex-Combatientes y Bomberos Voluntarios.
No poseer otro bien inmueble.-

Artículo 3º: Comuníquese a quien corresponde, dese al libro de Resoluciones y Decretos y cumplido, archívese.

REGISTRADO CON EL Nº 682/99.-

EXPEDIENTE Nº 1468 -HCD- 99.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL H.
CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO
DE NAVARRO, A LOS 10 DIAS DEL MES
DE MAYO DE 1999.-

FEDERICO MARTIN GIMENO RAÚL OSVALDO LAMBERT
Secretario Presidente
Honorable Concejo Deliberante Honorable