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720/99 Modificacion de la Ordenanza Nº 650/98

  • por

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DEL PARTIDO DE NAVARRO, EN USO DE
LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo 1º: MODIFÍCASE el Artículo 1º de la Ordenanza Nº 650/98 por el siguiente:
“Artículo 1º: HOMOLÓGASE el listado de aspirantes -obrante en el Anexo I de la presente- a integrar el “Plan Auto-Construcción III”, una vez suscripto el Convenio respectivo en el Consejo de la Familia y Desarrollo Humano y el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires”.-

Artículo 2º: Comuníquese a quien corresponde, dese al libro de Resoluciones y Decretos y cumplido, archívese.-

REGISTRADO CON EL Nº 720/99.-

EXPEDIENTE Nº 1523 -HCD- 99.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL H.
CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO
DE NAVARRO, A LOS 01 DIAS DEL MES
DE DICIEMBRE DE 1999.-

FEDERICO MARTIN GIMENO RAÚL OSVALDO LAMBERT
Secretario Presidente
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante