EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DEL PARTIDO DE NAVARRO, EN USO DE
LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1º: ESTABLÉCESE el funcionamiento como peatonal de la calle 24 entre 7 y 9 durante la temporada estival, en sábados, domingos, feriados y víspera de feriados, en horario a determinar por el D.E.
Artículo 2º: Los comercios del rubro bar, confitería y heladería ubicados en el lugar, podrán colocar mesas en la calle para atención del público.
Artículo 3º: Comuníquese a quien corresponde, dese al libro de Resoluciones y Decretos y cumplido, archívese.-
REGISTRADO CON EL Nº 774/01.-
EXPEDIENTE Nº 1670 -HCD- 00.-
DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL H.
CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO
DE NAVARRO, A LOS 03 DIAS DEL MES
DE ENERO DEL 2001.-
HUGO E. RUOCCO AMILCAR LACUNZA
Secretario Presidente
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante