779/01 Convenio con la Municipalidad de Saladillo

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DEL PARTIDO DE NAVARRO, EN USO DE
LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo 1º: CONVALÍDASE el Convenio suscripto con la Municipalidad de Saladillo, que figura como Anexo I de la presente.

Artículo 2º: Comuníquese a quien corresponde, dese al libro de Resoluciones y Decretos y cumplido, archívese.-

REGISTRADO CON EL Nº 779/01.-

EXPEDIENTE Nº 1693 -HCD- 01.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL H.
CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO
DE NAVARRO, A LOS 11 DIAS DEL MES
DE JUNIO DEL 2001.-

HUGO E. RUOCCO AMILCAR LACUNZA
Secretario Presidente
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante

CONVENIO DE PRÉSTAMO DE USO CELEBRADO ENTRE LAS MUNICIPALIDADES DE SALADILLO Y NAVARRO

Entre la Municipalidad de Saladillo, representada en este acto por el Sr. Intendente Don Carlos A. Gorosito, con domicilio en calle San Martín 3151 de la ciudad de Saladillo, y la Municipalidad de Navarro, con domicilio en calle 107 Nº 80 de la ciudad de Navarro se conviene celebrar el presente convenio de préstamo de uso, sujeto a las siguientes cláusulas:

CLÁUSULA PRIMERA: La Municipalidad de Saladillo cede en préstamo de uso a la Municipalidad de Navarro, una máquina excavadora hidráulica marca Samsung, modelo SE 210 LC3, año 1998, motor Cummins 6 BT 5.9 C, Nº Serie: FCY 0860, Nº Motor: RPA 323946, con el objeto de ejecutar tareas de canalización en un sector de la Ruta Nº 40, y realizar el movimiento de tierra a los fines del levantamiento del tramo del camino respectivo en el Partido de Navarro.

CLÁUSULA SEGUNDA: La Municipalidad de Navarro reconoce en forma expresa que la máquina prestada es de exclusiva propiedad de la Municipalidad de Saladillo, y que la recibe en perfecto estado en el carácter mencionado.

CLÁUSULA TERCERA: La Municipalidad de Navarro se compromete a utilizar la máquina prestada pura y exclusivamente para las tareas enunciadas en la Cláusula Primera.

CLÁUSULA CUARTA: A los fines de ejecutar las tareas mencionadas, la Municipalidad de Saladillo destinará personal idóneo a los fines de la conducción de la máquina cedida.

CLÁUSUSLA QUINTA: La Municipalidad de Navarro solventará los gastos que demande la utilización y funcionamiento de la máquina cedida, tanto en lo que respecta al combustible, lubricantes, y/o reparaciones; como así también respecto de los gastos en que incurra el agente a los fines de su traslado al Partido de Navarro, y la amortización del equipo, respectivamente.

CLÁUSULA SEXTA: El presente convenio tendrá un plazo de vigencia de noventa (90) días. Al vencimiento del mismo, las partes podrán acordar su prórroga por idéntico período, debiendo notificar en forma fehaciente tal decisión con una anticipación de diez (10) días.

CLÁUSULA SEPTIMA: La Municipalidad de Saladillo declara que la máquina que cede en préstamo de uso posee seguro de responsabilidad civil, conforme lo acredita la Póliza Nº 1.471.689 de Provincia Seguros que en copia simple se adjunta al presente.

OCTAVA: En el caso de controversia judicial ambas partes se someten a la competencia de los Tribunales Ordinarios del Departamento Judicial de Mercedes, para lo cual a todos los efectos legales derivados del presente Convenio, las partes constituyen domicilio legal en los indicados en el encabezamiento, en donde se tendrá por válidas y vinculantes todas las notificaciones, citaciones y/o emplazamientos que se cursen.

En prueba de conformidad se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad de Navarro (B), a los 10 días del mes de marzo de 2001.-

ALFREDO CASTELLARI CARLOS ANTONIO GOROSITO
Intendente Municipal Intendente Municipal