EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DEL PARTIDO DE NAVARRO, EN USO DE
LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A
Artículo 1º: OTÓRGASE el derecho de ocupación y uso en forma gratuita, del inmueble municipal ubicado en calle 24 Nº 605 e/ 13 y 15, denominado Ex-Casa de Campo, al “Hogar Santa María del Camino”, para el destino de las Actividades Comunitarias propias de la Institución.-
Artículo 2º: La ocupación y uso otorgado tendrá una vigencia de cinco años a partir de la fecha del presente.—
Artículo 3º: FACÚLTASE al Departamento Ejecutivo a inscribir el instrumento correspondiente en el que han de establecerse las condiciones que regirán la ocupación y uso gratuito del inmueble aludido.-
Artículo 4º: Comuníquese a quien corresponde, dese al libro de Resoluciones y Decretos y cumplido, archívese.-
REGISTRADO CON EL Nº 805/01.-
EXPEDIENTE Nº 1764-HCD- 01.-
DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL H.
CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO
DE NAVARRO, A LOS 26 DIAS DEL MES
DE NOVIEMBRE DEL 2001.-
HUGO E. RUOCCO AMILCAR LACUNZA
Secretario Presidente
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante