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881/03 Carreras de galgos

  • por

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DEL PARTIDO DE NAVARRO, EN USO DE
LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo 1º: PRORRÓGUESE la Ordenanza Nº 840/02 por el término de un (1) año a partir del día 28 de octubre del presente año; fecha en que vence la validez de dicha Ordenanza (Carrera de Galgos).-

Artículo 2º: Comuníquese a quien corresponde, dese al libro de Resoluciones y Decretos y cumplido, archívese.-

REGISTRADO CON EL Nº 881/03.-

EXPEDIENTE Nº 2030-HCD- 03.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL H.
CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO
DE NAVARRO, A LOS 22 DIAS DEL MES
DE SEPTIEMBRE DEL 2003.-

ROBERTO DERBIS NÉLIDA E. IRIARTE
Secretario Presidente
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante