VISTO:

Que con fecha 25 de noviembre de 2003 el Gobernador de la Provincia de Buenos Aires dictó el Decreto 2302, y;

CONSIDERANDO:

Que el citado Decreto dispuso en su artículo 1º donar a “…la Municipalidad de Navarro, de acuerdo a la facultad otorgada por los Arts. 39 Inc. b) y 40 del Decreto-Ley 9533/80, una fracción de tierra fiscal ubicada en la Ciudad de Navarro… identificada catastralmente como: circunscripción I, Sección A, Manzana 52, Parcela 14, compuesta de una superficie de 431 mts.2, con la situación, dimensiones y linderos que se consignan en la inscripción de dominio anotada en la matrícula 7391, del Partido de Navarro, con el cargo de abonar el porcentaje que prevé el Artículo 7º del Decreto-Ley 7322/67, modificado por la Ley 10.300 que pudiera corresponder al denunciante de la herencia vacante motivo de autos, con destino al Concejo Deliberante…”;

Que corresponde en consecuencia, que el Honorable Concejo Deliberante proceda a aceptar a rechazar la donación efectuada por el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires (Conf. Arts. 57 y ccs. de la L.O.M.);

POR TODO ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DEL PARTIDO DE NAVARRO, EN USO DE
LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo 1º: ACÉPTASE la donación efectuada por el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires mediante el dictado del Decreto 2302/03 a favor de la Municipalidad de Navarro y con destino al Honorable Concejo Deliberante, del inmueble denominado catastralmente como: Circunscripción I; Sección A; Manzana 52; Parcela 14; Matrícula 7391 del Partido de Navarro.-

Artículo 2º: La presente aceptación se realiza con el cargo de abonar el porcentaje que prevé el Art. 7º del Decreto-Ley 7322/67, modificado por la Ley 10.300, que pudiera corresponder al denunciante de la herencia vacante de Delia Arminda Garat de Moll y Juan Ramón Moll, que tramitan ante el Juzgado en lo Civil y Comercial Nº 8, Secretaría Nº 6 del Departamento Judicial de Mercedes.-

Artículo 3º: Quedará a cargo de la Municipalidad de Navarro la registración dominial a su favor ante la Dirección Provincial del registro de la Propiedad, de conformidad con las prescripciones de la Disposición Técnica Registral Nº 1/82 de esa Repartición.-

Artículo 4º: Comuníquese a quien corresponde, dése al libro de Resoluciones y Decretos y cumplido, archívese.-

REGISTRADO CON EL Nº 896/04.-

EXPEDIENTE Nº 2060 -HCD- 04.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL H.
CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO
DE NAVARRO, A LOS 01 DIA DEL MES
DE MARZO DEL 2004.-

CARLOS M. TOMATIS MARTA TEGLIA DE MAGGIOTTI
Secretario Presidente
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante