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979/05 Ordenanza Municipal Nº 956/05

  • por

VISTO:

El Expediente Interno Nº 320/05-E caratulado “ESPOL S.R.L. S/solicita Lote de Terreno en el Parque Industrial de Navarro”, y;

CONSIDERANDO:

Que en el marco de dicho expediente el Honorable Concejo Deliberante aprobó la Ordenanza Nº 956/05, mediante la cual autorizó al Departamento Ejecutivo a vender a ESPPOL S.R.L., con domicilio en calle José Batlle y Ordóñez 5529 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el inmueble denominado catastralmente como: Circunscripción IX; Sección A; Chacra 3; Parcela 7 de la “Zona Industrial Planificada de Navarro”.

Que con posterioridad a la aprobación de la Ordenanza Nº 956/05 el Sr. Horacio Poliotti, socio gerente de ESPOL S.R.L., solicitó al Sr. Intendente Municipal mediante nota ingresada en Mesa de entradas el 16/09/05 el cambio de la parcela que adquiriera-denominada catastralmente como Circunscripción IX; Sección A; Chacra 3; Parcela 7 -por la Nº 8-; concretamente pide autorización para adquirir el inmueble denominado Circunscripción IX; Sección A; Chacra 3; Parcela 8 de la “Zona Industrial Planificada de Navarro”, desistiendo de la compra del lote Nº 7;

POR TODO ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DEL PARTIDO DE NAVARRO, EN USO DE
LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: MODIFÍCASE el Artículo 1º de la Ordenanza 956/05, el que quedará redactado en los siguientes términos:

“Artículo 1º: AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo a vender a ESPOL S.R.L., con domicilio en calle José Batlle y Ordóñez 5529 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el inmueble denominado catastralmente como: Circunscripción IX; Sección A; Chacra 3, Parcela 8 de la “Zona Industrial Planificada de Navarro”.-

Artículo 2º: La venta se hará en un todo de acuerdo con lo prescripto en la Ordenanza Nº 164/80 y sus modificaciones, y su precio -que surgirá de la valuación fiscal de la parcela a adquirir- deberá ser cancelado por el comprador en veinticuatro (24) cuotas iguales, mensuales y consecutivas.-

Artículo 3º: Comuníquese a quien corresponde, dese al libro de Resoluciones y Decretos y cumplido, archívese”.

ARTÍCULO 2º: Comuníquese a quien corresponda, dése al Libro de Resoluciones y Decretos, y cumplido, archívese.-

REGISTRADO CON EL Nº 979/ 05.-

EXPEDIENTE Nº 2362 -HCD- 05.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL H.
CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO
DE NAVARRO, A LOS 14 DIAS DEL MES
DE NOVIEMBRE DEL 2005.-

CARLOS M. TOMATIS MARTA TEGLIA DE MAGGIOTTI
Secretario Presidente
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante