VISTO:
La solicitud de la actual Comisión Directiva de la Asociación Civil “Escuela de Vuelo y Entrenamiento de Navarro Asociación Civil”, Matriculada bajo N° 49058 ante la D.P.P.J y debidamente inscripta en AFIP bajo la CUIT N° 30-71822703-4, y;
CONSIDERANDO:
Que dicha institución se compromete a desarrollar la aviación civil en el partido de Navarro.
Que la misma asume el compromiso de mantener las instalaciones del aeródromo abiertas a disposición de la comunidad, permitiendo, y no limitándose a ello, la utilización de la pista de aterrizaje para la realización de vuelos sanitarios y gubernamentales desde y hacia la ciudad de Navarro.
Que es intención de la misma, no modificar de ninguna manera y bajo ningún aspecto el fin para el cual fue constituida la asociación ni perseguir fines lucrativos con el desarrollo de dicha actividad.
Que dicha institución generará los vínculos institucionales con el D.E.M a los fines de poder desarrollar y avanzar con las actividades pertenecientes a su objeto social
Que, asimismo, Navarro se encuentra a 110 Km. de la Ciudad de Buenos Aires, constituyendo un punto estratégico para esta actividad.
Que, durante los últimos años, las personas que conforman la actual Comisión Directiva de la Asociación han reactivado y puesto en valor tanto la pista de aterrizaje como el resto de las instalaciones con las que cuenta actualmente el predio.
Que, en la actualidad, esta asociación se encuentra en proceso de habilitación de una escuela de vuelo, bajo Número de Trámite EX-2022-61695482–APN-DGDYD#JGM presentado ante la ANAC, que funcionará en dichas instalaciones y que permitirá la formación de futuros pilotos civiles, aumentar la actividad de vuelo en el aeródromo y atraer personas interesadas del ámbito local y otras localidades cercanas.
Que, existe hoy en día, una mayor demanda para el resguardo de aviones (“Hangaraje”) en el aeródromo de Navarro, que supera la capacidad instalada actualmente para dicho fin, ya que contamos con solo 2 hangares que se encuentran completos a la fecha.
Que es necesario, para poder fomentar la construcción de nuevos hangares, que permitan la llegada de más aviones y personas que desarrollen esta actividad,
Que, a su vez, es imprescindible contar con la cesión en comodato de dichas tierras.
POR TODO ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DEL PARTIDO DE NAVARRO, EN USO DE
LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1º: DECLÁRESE a la Asociación Civil “Escuela de Vuelo y Entrenamiento de Navarro Asociación Civil”, Matriculada bajo N° 49058 ante la D.P.P.J y debidamente inscripta en AFIP bajo la CUIT N° 30-71822703-4, como Entidad de Bien Público Municipal. – Anexo 1 (Escritura de la entidad – Resolución DPPJ – Inscripción AFIP – Seguro RC). –
Artículo 2°: REALIZAR el traspaso de los bienes descritos en la Actuación Notarial de las hojas Nº BAA11486794 y BAA11486795 a la Asociación Civil. – Anexo 2 (Actuación Notarial). –
Artículo 3°: TRANSFIÉRASE a título gratuito las tierras por parte de la Municipalidad de Navarro a dicha Asociación en carácter de comodato por cincuenta (50) años a fin de poder fomentar y desarrollar distintas actividades relacionadas a la aviación civil. – Anexo 3 (Plano de solicitud en comodato del polígono de superficie). –
Artículo 4º: Comuníquese a quien corresponda, dese al libro de Resoluciones y Decretos y cumplido, archívese.
REGISTRADO CON EL N° 1714/23.-
EXPEDIENTE N° 4614 -HCD- 23.-
DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL H.
CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO
DE NAVARRO, A LOS 04 DIAS DEL MES
DE DICIEMBRE DE 2023.-
CAROLINA BOTTERO FRANCO DI LEO
Secretario Presidente
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante