N° 1743/24 – CREACIÓN de la Plataforma de Gestión y Seguimiento de Reclamos Ciudadanos del Municipio de Navarro.-

VISTO:

               La necesidad de modernizar y agilizar la gestión de reclamos y solicitudes ciudadanas, brindando mayor transparencia y eficiencia en la atención de las mismas, y;

CONSIDERANDO:

                                   Que la implementación de una plataforma digital de gestión y seguimiento de reclamos permitirá a los vecinos de Navarro realizar sus solicitudes de manera más ágil y sencilla, desde cualquier lugar y en cualquier momento.

                                   Que esta herramienta facilitará el seguimiento del estado de cada reclamo, brindando información actualizada sobre el área responsable, el avance de la gestión y el tiempo estimado de resolución.

                                   Que la posibilidad de realizar encuestas de conformidad permitirá evaluar la calidad del servicio brindado y realizar mejoras continuas.

                                   Que el desarrollo de esta plataforma puede ser llevado a cabo por el área de tecnología del municipio, aprovechando la experiencia adquirida en la creación de la app de estacionamiento medido.

                                   Que la implementación de esta herramienta contribuirá a mejorar la comunicación y la participación ciudadana, fortaleciendo la relación entre el municipio y sus habitantes.

POR TODO ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

DEL PARTIDO DE NAVARRO, EN USO DE

LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo 1º: CRÉASE la Plataforma de Gestión y Seguimiento de Reclamos Ciudadanos del Municipio de Navarro, con el objetivo de brindar a los vecinos una herramienta digital para la presentación, seguimiento y resolución de sus solicitudes y reclamos. –

Artículo 2º: La plataforma deberá permitir a los ciudadanos:

  • Cargar incidencias: Registrar de manera clara y detallada sus reclamos o solicitudes, adjuntando documentación o imágenes de respaldo si fuera necesario.
  • Adjuntar fotografías: Incorporar imágenes que ilustren el reclamo o solicitud.
  • Georeferenciar el lugar: Indicar la ubicación exacta del problema o solicitud a través de un mapa interactivo.
  • Realizar seguimiento: Acceder a información actualizada sobre el estado de su reclamo, incluyendo el área responsable, el avance de la gestión y el tiempo estimado de resolución.
  • Completar encuestas de conformidad: Evaluar la calidad del servicio brindado una vez resuelto el reclamo.
  • Acceder desde diferentes dispositivos: Utilizar la plataforma tanto desde computadoras como desde dispositivos móviles (celulares y PCs).

Artículo 3º: Este sistema no reemplaza el modo actual de presentaciones por mesa de entrada que sigue vigente. Incorpora el número de legajo asignado para su seguimiento remoto. –

Artículo 4º: El desarrollo y la implementación de la plataforma estarán a cargo del área de tecnología del municipio, pudiendo contar con la colaboración de otras áreas o de proveedores externos si fuera necesario. –

Artículo 5º: La plataforma deberá contar con un panel de control que permita visualizar indicadores clave sobre la gestión de reclamos, tales como:

  • Cantidad de reclamos recibidos por área y por tipo.
  • Tiempo promedio de resolución de reclamos.
  • Nivel de satisfacción ciudadana.

Artículo 6º: El municipio deberá difundir ampliamente la existencia de la plataforma y brindar capacitación a los vecinos sobre su uso. –

Artículo 7º: Se aclara expresamente que la presente plataforma no reemplaza ni sustituye los trámites presenciales que los vecinos puedan realizar en las oficinas municipales. –

Artículo 8º: En cada reclamo cargado en la plataforma, deberá quedar claramente consignado el área municipal responsable de su atención y resolución. –

Artículo 9º: A modo de referencia, se menciona ejemplo una de ciudad similar a Navarro en términos de habitantes que han implementado plataformas de gestión de reclamos:

Artículo 10º: La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial. –

Artículo 11º: Comuníquese a quien corresponda, dese al libro de Resoluciones y Decretos y cumplido, archívese. –

REGISTRADO CON EL Nº 1743/24.-

EXPEDIENTE Nº 4767 -HCD- 24.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL H.

CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO

DE NAVARRO, A LOS 14 DIAS DEL MES

DE OCTUBRE DEL 2024.-

  CHRISTIAN DE LA CUESTA                                                LEANDRO E. REY

                   Secretario                                                                        Presidente

Honorable Concejo Deliberante                                   Honorable Concejo Deliberante