VISTO:
La sanción de la Ordenanza Municipal N° 1736/2024, y;
CONSIDERANDO:
Que la Ordenanza Municipal N° 1736/2024, establece sistema electrónico, denominado Control de Estacionamiento Navarro (C.E.N), en la zona céntrica de la ciudad de Navarro,
Que la nombrada Ordenanza vino a instituir un sistema de estacionamiento más eficaz, ordenado, rápido, sencillo y acorde a los tiempos tecnológicos actuales, es procedente modificar el sistema de “tarjetas”, a un sistema “electrónico digital” utilizando para ello una aplicación para dispositivos móviles, sitio web oficial o un su defecto realizar la carga en comercios de la localidad adheridos al sistema electrónico, denominado Control de Estacionamiento Navarro (C.E.N),
En relación a los requisitos que deben cumplir los frentistas para ser exceptuados del Régimen de Estacionamiento Medido, se han manifestado diversas dudas, inquietudes y malas interpretaciones, por lo tanto, es fundamental realizar modificaciones pertinentes en la Ordenanza mencionada, para aclarar estos aspectos y asegurar una correcta comprensión y aplicación de la normativa,
POR TODO ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DEL PARTIDO DE NAVARRO, EN USO DE
LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1º: Modificase el art. 13° de la ordenanza 1736/2024, inciso e), el cual quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 13º: Excepciones al régimen de estacionamiento medido y pago.
Quedan exceptuados del régimen de estacionamiento medido y pago:
- Los propietarios o locatarios de inmuebles destinados a vivienda familiar única, ubicados dentro del área de implementación del sistema y que no posean garaje.
Los vecinos que se encuentren en esta situación deberán solicitar a la municipalidad la oblea de libre estacionamiento, cumpliendo con los siguientes requisitos:
- Presentar un Derecho Real vigente de Dominio, Condominio, Usufructo, Habitación, Comodato o Testamento relacionado con el inmueble afectado (Título de propiedad o contratos vigentes).
- 2. Demostrar la propiedad del vehículo mediante fotocopia del respectivo título, cédula verde y/o azul. En caso de que el vehículo sea utilizado por empleado de una empresa, se deberá presentar instrumento emitido por la empresa que certifique el uso del vehículo y el domicilio del empleado dentro del área de estacionamiento medido.
- Libre de deudas de tasas municipales del inmueble afectado.
- Confirmar que el inmueble afectado no posee garaje.
- Incluir una foto del frente del inmueble afectado.
- Se otorgará un solo permiso por propiedad, válido por un año, y solo para ser utilizado en la cuadra correspondiente al inmueble.
- Si la propiedad cuenta con un solo garaje y el frentista tiene más de un vehículo, se otorgará un solo permiso de estacionamiento.
Artículo 2º: Comuníquese a quien corresponda, dese al libro de Resoluciones y Decretos y cumplido, archívese.
REGISTRADO CON EL N° 1754/25.-
EXPEDIENTE N° 4826 -HCD- 25.-
DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL H.
CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO
DE NAVARRO, A LOS 14 DIAS DEL MES
DE ABRIL DE 2025.-
CHRISTIAN DE LA CUESTA LEANDRO E. REY
Secretario Presidente
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante