EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DEL PARTIDO DE NAVARRO, EN USO DE
LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1º: CONVALÍDASE el Decreto Municipal Nº 288/2025, el cual CEDE a favor de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, un terreno de 12,5 hectáreas limitando al norte con el Arroyo Las Garzas, al Oeste con Parcela 174 F, al sur con Camino de Tierra Navarro-Mercedes y al Este con remanente de la Parcela 208 H, siendo parte de la Parcela identificada Catastralmente como Circunscripción III, Parcela 208 H, perteneciente al erario municipal. –
Artículo 2º: Comuníquese a quien corresponda, dese al libro de Resoluciones y Decretos y cumplido, archívese.
REGISTRADO CON EL Nº 1757/25.-
EXPEDIENTE Nº 4844 -HCD- 25.-
DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL H.
CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO
DE NAVARRO, A LOS 28 DIAS DEL MES
DE ABRIL DEL 2025.-
CHRISTIAN DE LA CUESTA LEANDRO E. REY
Secretario Presidente
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante
DECRETO N° 288/2025
Navarro, 07 de abril de 2025. –
VISTO:
La sanción de la Ordenanza Municipal Nº 1742/2024, y;
CONSIDERANDO:
Que por Ordenanza Municipal Nº 1742/2024 el Honorable Concejo Deliberante de Navarro autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a ceder a la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires un terreno de 12,5 hectáreas limitando al norte con el Arroyo Las Garzas, al Oeste con Parcela 174 F, al sur con Camino de Tierra Navarro-Mercedes y al Este con remanente de la Parcela 208 H, siendo parte de la Parcela identificada Catastralmente como Circunscripción III, Parcela 208 H, tal y según croquis anexado a la Ordenanza Municipal de referencia y perteneciente al erario municipal, a fin de construir allí el Edificio de la Escuela de Educación Agraria N° 1 de Navarro. –
Que a fin de concretar la el trámite es procedente efectivizar la cesión del inmueble nombrado, a favor de la Dirección General de Cultura y Educación de la provincia de Buenos Aires. –
Que, el Artículo 56 de la Ley Orgánica de las Municipalidades establece que para la transferencia de inmuebles a título gratuito “… se necesita el voto de los dos tercios del total de los miembros del Concejo…”,
POR TODO ELLO:
El Sr. Intendente Municipal, en uso de las facultades que le son propias
D E C R E T A
Artículo 1º: CÉDASE a favor de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, un terreno de 12,5 hectáreas limitando al norte con el Arroyo Las Garzas, al Oeste con Parcela 174 F, al sur con Camino de Tierra Navarro-Mercedes y al Este con remanente de la Parcela 208 H, siendo parte de la Parcela identificada Catastralmente como Circunscripción III, Parcela 208 H, perteneciente al erario municipal. –
Artículo 2º: La presente Cesión se realizará con el cargo de destinar el inmueble a la construcción de un edificio donde funcione la Escuela de Educación Agraria N° 1 de Navarro. –
Artículo 3º: Quedará a cargo de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires la Registración Dominial a su favor, del inmueble por ante la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad. –
Artículo 4º: El presente Decreto se suscribe ad-referéndum de su convalidación por el Honorable Concejo Deliberante de Navarro. –
Artículo 5º: Comuníquese, dese al Libro de Decretos, tome nota quien corresponda y cumplido, archívese. –
JONATHAN CASTELLANO FACUNDO I. DIZ
JEFE DE GABINETE INTENDENTE MUNICIPAL