N° 1768/25 – ADHESIÓN a la Ley Provincial N° 15.035, que establece el marco para el abordaje integral e interdisciplinario de las personas que presentan Trastornos del Espectro Autista en la ciudad de Navarro. –

VISTO:  

               Que la Ley Provincial N° 15.035 tiene como objetivo establecer un abordaje integral e interdisciplinario de las personas que presentan Trastornos del Espectro Autista (TEA) en nuestro territorio provincial, y;

CONSIDERANDO:

                                   Que el TEA es una condición que requiere de una respuesta social adecuada, que contemple la diversidad de necesidades de las personas que lo padecen y sus familias.

                                   Que se hace necesario promover la capacitación de los profesionales y agentes comunitarios en la atención y el acompañamiento de estas personas y sus familias.

                                   Que la adherencia a la Ley Provincial N° 15.035 obligará a las obras sociales y las empresas de medicina prepaga que desarrollan sus actividades en el Provincia de Buenos Aires, incluir en su menú prestacional los servicios garantizados por la presente Ley, asimismo deben garantizar que los servicios incluidos se lleven a cabo por profesionales y/o en establecimientos cercanos a los domicilios de los pacientes.

                                   Que articular los esfuerzos entre los diversos organismos estatales, favorecerá un enfoque colaborativo en el abordaje de las problemáticas relacionadas con el TEA.

                                   Que es fundamental fomentar una sensibilización y concientización en la comunidad sobre el TEA para prevenir el estigma y promover la inclusión social.

                                   Que existen precedentes en otras jurisdicciones donde la adhesión a normativas provinciales ha permitido mejorar la atención y los servicios brindados a las personas con TEA.

                                   Que resulta esencial la participación activa de las organizaciones de la sociedad civil que trabajan en el ámbito del TEA para garantizar una implementación efectiva de las políticas públicas.

POR TODO ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

DEL PARTIDO DE NAVARRO, EN USO DE

LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo 1°: ADHIÉRASE a la Ley Provincial N° 15.035, que establece el marco para el abordaje integral e interdisciplinario de las personas que presentan Trastornos del Espectro Autista en la ciudad de Navarro. –

Artículo 2°: FACULTASE al departamento ejecutivo a reglamentar la presente ordenanza y asignar el abordaje integral del trastorno del espectro autista (TEA) que tendrá como propósito:

  • Promover la implementación efectiva de la ley.
  • Coordinar con los organismos de salud, educación y desarrollo social en la atención de personas con TEA.
  • Proponer programas de capacitación y formación para profesionales involucrados en la atención de estas personas.
  • Fomentar campañas de sensibilización y concientización sobre el TEA en la comunidad.

Artículo 3º: Comuníquese a quien corresponda, dese al libro de Resoluciones y Decretos y cumplido, archívese.

REGISTRADO CON EL Nº 1768/25.-

EXPEDIENTE Nº 4834 -HCD- 25.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL H.

CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO

DE NAVARRO, A LOS 28 DIAS DEL MES

DE JULIO DEL 2025

  CHRISTIAN DE LA CUESTA                                          ALICIA I. ODRIOZOLA

                   Secretario                                                                 Vice-Presidenta 1ª

Honorable Concejo Deliberante                                    en ejercicio de la Presidencia

                                                                                         Honorable Concejo Deliberante