N° 1769/25 – DESVIACIÓN del tránsito pesado y de cargas peligrosas en 16 y 119 por 119 hacia circunvalación para entrar nuevamente en la avenida 16, en 16 y 101. –

VISTO:

               Que en nuestra ciudad la avenida 16 es una vía de alta circulación de vehículos pesados, lo que ha generado un aumento de la congestión vehicular, la contaminación y el ruido en la zona, y;

CONSIDERANDO:

                                   Que es necesario tomar medidas para mejorar la seguridad vial, reducir la contaminación y el ruido, y mejorar la accesibilidad a otras zonas de la ciudad.

                                   Que se han identificado vías alternativas para desviar el tráfico, la cual sería desviar a los vehículos en la calle 16 esquina 119. Re direccionándolos hacia la circunvalación.

                                   Que esto traería aparejado la optimización de la movilidad en el área.

                                   Que dentro de dicha arteria se encuentra el hospital municipal y el recorrido frecuente de camiones dificulta el ingreso y egreso de los trabajadores del mismo como así también el de los vecinos que necesiten acudir al mismo.

                                   Que la implementación de esta ordenanza traería aparejada fluidez en el tránsito y esto nos prevendría posibles accidentes frente al único efector de salud de la ciudad.

POR TODO ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

DEL PARTIDO DE NAVARRO, EN USO DE

LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo 1°: DESVÍESE el tránsito pesado y de cargas peligrosas en 16 y 119 por 119 hacia circunvalación para entrar nuevamente en la avenida 16, en 16 y 101. –

Artículo 2°: COLÓQUESE la cartelería indicadora necesaria para una óptima comprensión de los sentidos de circulación según tipo y porte del vehículo.

Artículo 3°: IDENTIFÍQUESE las vías alternas para el desvió de los camiones. Las cuales deberán estar situadas en calle 16 esquina 119 y otra en calle 16 esquina 101, ambas con dirección a calle circunvalación. –

Artículo 4°: LLÉVESE a cabo una campaña de comunicación para informar a los residentes y negocios cercanos sobre los cambios en la circulación y las vías alternativas disponibles. –

Artículo 5°: El Departamento Ejecutivo a través del área que corresponda reglamente la misma, acorde a la normativa vigente. –

Artículo 6º: Comuníquese a quien corresponda, dese al libro de Resoluciones y Decretos y cumplido, archívese.

REGISTRADO CON EL Nº 1769/25.-

EXPEDIENTE Nº 4893 -HCD- 25.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL H.

CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO

DE NAVARRO, A LOS 28 DIAS DEL MES

DE JULIO DEL 2025

  CHRISTIAN DE LA CUESTA                                          ALICIA I. ODRIOZOLA

                   Secretario                                                                 Vice-Presidenta 1ª

Honorable Concejo Deliberante                                    en ejercicio de la Presidencia

                                                                                         Honorable Concejo Deliberante