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Nº 005/20 – SOLICITUD al Sr. Presidente de la Nación y/o al Sr. Gobernador de la Pvcia. de Bs. As., para desafectar recursos del Fondo de Educación Nacional e Infraestructura Municipal y habiliten a los Intendentes a utilizarlos para afrontar gastos generales.-

  • por

VISTO:

              La declaración de emergencia Sanitaria Decretada por el Gobierno Nacional mediante el DNU Nro. 260/2020 y el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires mediante el Decreto Nro. 132/2020, como así también las diferentes medidas que se fueron adoptando como consecuencia de ello y que se mantienen en la actualidad, y;

CONSIDERANDO:

                                  Que en razón de la emergencia que estamos atravesando en materia sanitaria, con el fin de preservar la salud de todos los argentinos, se han adoptado diferentes medidas que conllevan a una paralización de la economía de nuestro país en todos sus aspectos,

                                   Que dicha realidad no le es ajena a los Municipios, los cuales además de verse obligado a afrontar numerosas erogaciones de carácter excepcional y no previstas, generadas por la situación que estamos atravesando, han sufrido una considerable baja en la recaudación de sus ingresos corrientes generados por cobro de tasas y coparticipación,

                                   Que, en nuestro municipio, en el mes en curso, los fondos recibidos en carácter de copartipación se han visto disminuido en un 40% y la recaudación en concepto del cobro de tasas ha bajado a un 35%, lo cual solo es comparable con situaciones vividas en crisis anteriores,

                                   Que los fondos mencionados, revisten el carácter de fondos de libre disponibilidad, y constituyen el ingreso principal con el cual el municipio hace frente a sus obligaciones principales,

                                   Que la merma y/o disminución de los mismos ponen en juego y/o dificultan la posibilidad del Municipio de poder cumplir con las mismas y de garantizar la continuidad de los servicios básicos, situación esta que se agravará en los meses subsiguientes,

                                   Que se hace imperioso y necesario encontrar una solución a este problema, sobre todo en los tiempos que nos toca afrontar, donde resulta de vital importancia asegurar el correcto funcionamiento de la estructura municipal y la posibilidad de hacer frente a las erogaciones que se deriven como consecuencia de la emergencia provocada por el COVID-19, “CORONAVIRUS”,

                                   Que entre los recursos que cuentan el municipio, se encuentran aquellos que son definidos y/o denominados como “Fondos Afectados”, los cuales provienen de las Arcas Provinciales y que reciben tal denominación en virtud del uso específico que solo puede dárseles,

                                   Que entre los fondos afectados, se encuentran aquellos proveniente del Fondo de Infraestructura Municipal(FIM), destinado a la realización de Obras Publicas Predeterminadas y/o el  Fondo Educativo Nacional, que son: recursos transferidos por el Estado Nacional al municipio para realizar inversiones en el sistema de educación pública,

                                   Que dicha suma conforme a lo presupuestado para el año 2020, en nuestro municipio, representa aproximadamente la cantidad de $ 50.000.000,

                                   Que como es de Público y notorio conocimiento, no solo se han paralizado todo tipo de Obra Publica en el Territorio de la Provincia de Buenos Aires y se ha postergado la continuidad del Ciclo lectivo que podría motivar la realización de mejoras edilicias en ese sentido, sino que las prioridades de todos los municipios se han vistos modificadas en razón de la pandemia mundial que estamos atravesando y hoy todos los esfuerzo están dirigidos a afrontar la misma,

                                   Que como bien hemos señalado es nuestra obligación idear las herramientas necesarias para garantizar no solo la continuidad de los servicios esenciales, sino también el pago del salario de los empleados municipales, lo cual se empieza a dificultar y pasa a ser un motivo de preocupación extra para los jefes comunales,

                                   Que la desafectación de esos fondos, a los que se hacía referencia más arriba, a los fines de poder afrontar esas obligaciones y con carácter de excepcionalidad como consecuencia de la emergencia que estamos afrontando, podrían ser parte de la solución al problema que indirectamente se les ha generado a los municipios en materia económica financiera,

                                   Que la única forma de salir de esta situación es a través de los esfuerzos conjuntos que se hagan desde los diferentes estamentos de gobierno de todo el territorio nacional, la provincia de Buenos Aires y cada uno de los municipios que la componen,

POR TODO ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

DEL PARTIDO DE NAVARRO, EN USO DE

LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,

SANCIONA LA SIGUIENTE

RESOLUCIÓN

Artículo 1°:SOLICÍTESE al Sr. Presidente de la Nación Argentina y/o al Sr.  Gobernador de la Provincia de Buenos Aires,  desafecten a los recursos provenientes del Fondo de Educación Nacional y del Fondo de Infraestructura Municipal de su destino específico y habiliten a los Intendentes a poder utilizar los mismos para afrontar gastos generales.-

Artículo 2°: SOLICÍTESE al Sra. Presidente de la Cámara de Senadores de la  Nación Argentina, al Sr. Presidente de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, A la Sra. Presidente de la Cámara de Senadores de la Provincia de Buenos Aires y/o al Sr. Presidente de la Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires, arbitren los medios necesarios a los fines de,  desafectar los recursos provenientes del Fondo de Educación Nacional y del Fondo de Infraestructura Municipal de su destino específico y habilitara los Intendentes a poder utilizar los mismos como de libre disponibilidad.-

Artículo 3°: ELÉVESE copia de la misma a la Presidencia de la Nación Argentina, a la Gobernación de la Provincia de Buenos Aires, y a la Cámaras de Senadores y Diputados de la Nación y la Provincia.-

Artículo 4º: Comuníquese a quien corresponde, dese al libro de Resoluciones y Decretos y cumplido, archívese.-

REGISTRADO CON EL Nº 005/20.-

EXPEDIENTE Nº 4016 -HCD- 20.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL H.

CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO

DE NAVARRO, A LOS 01 DIAS DEL MES

DE MAYO DEL 2020.-

       MARÍA C. GUARNERI                                                FACUNDO I. DIZ

                    Secretaria                                                                  Presidente

Honorable Concejo Deliberante                              Honorable Concejo Deliberante