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Nº 008/20 – Solicitud al Poder Ejecutivo Provincial de que arbitre los medios para que IOMA disponga la cobertura del 100% para la vacuna NEUMOCOCICA.

  • por

VISTO:

               Lo prescripto por el calendario nacional de vacunación del Ministerio de Salud de la Nación respecto de la vacuna ANTINEUMOCOCICA, resulta necesario e imprescindible que los afiliados de IOMA cuenten con cobertura 100%, y;

CONSIDERANDO:

                                   Que la vacunación contra el neumococo tiene como propósito reducir la incidencia, complicaciones, secuelas y mortalidad por neumonía y enfermedad neumológica invasiva en Argentina.

                                   Que las personas con mayor riesgo de padecer esta patología son los menores de 2 años, los adultos mayores y las personas con trastornos de la inmunidad, o enfermedades crónicas de origen cardíaco, respiratorio, renal, entre otras.

                                   Que el Ministerio de Salud de la Nación tiene incorporado al calendario nacional de vacunación de manera universal a la vacuna conjugada contra neumococo 13 Valente a los niños menores de 2 años y, para personas mayores de 2 años pertenecientes a grupos vulnerables inmunodeprimidos con esquema estipulado por el calendario nacional de vacunación, y para personas con enfermedades crónicas y mayores de 65 años, una estrategia bianual con 2 vacunas con un intervalo de 12 meses entre ambas, comenzando con la vacuna conjugada de 13 serotipos y prosiguiendo al año con la vacuna polisacárido de 23 serotipos.

                                   Que la enfermedad neumocócica producida por el streptococcus pneumoniae puede originar infecciones graves en los pulmones (neumonía aguda de la comunidad), en el torrente sanguíneo (sepsis) y en la meninge, (meningitis).

                                   Que su transmisión respiratoria es a partir de la portación por vía nasofaríngea, siendo portadores del germen aproximadamente el 10% de la población. En las personas de más de 65 años o con comorbilidades, las enfermedades producidas por el neumococo pueden tener un desenlace grave y a veces mortal en 18.3%, de acuerdo a estudios realizados.

                                   Que Actualmente la cobertura de IOMA de la vacuna antineumocócica no es total, por este motivo en muchos casos es difícil su adquisición para el afiliado, dado el costo de la misma, no realizándose la inmunización que estaría indicada para preservar su salud.

                                   Que consideramos que la mejor forma de invertir en salud es prevenir, y eso podría lograrse mediante la posibilidad de acceso de todos los afiliados a esta vacuna, lo cual se lograría con una cobertura 100%, para la inmunización con las vacunas antineumónicas conjugada de 13 serotipos y la vacuna polisacárido de 23 serotipos, todo en consonancia con lo prescripto por el calendario nacional de vacunación.

                                   Que ante la situación de emergencia ante la que estamos inmersos en relación al COVID 19, este tipo de decisiones tienen aún más trascendencia sanitaria y con el fin de llevar resguardo a los afiliados de IOMA solicitamos una respuesta urgente este pedido por parte de las autoridades del Instituto de OBRA Médico Asistencial, máxime la posibilidad también de administrarlas en el mismo momento, con la vacuna antigripal.

                                   Que nuestra obligación es adoptar medidas que tengan como principal objetivo el resguardo de la sociedad a las consecuencias de gravedad que este enemigo desconocido nos plantea a diario, como así también de cualquier otra afección que genere consecuencias gravosas para su salud.

                                   Que la sanción de la presente ordenanza va en línea con dicha finalidad.

POR TODO ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

DEL PARTIDO DE NAVARRO, EN USO DE

LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,

SANCIONA LA SIGUIENTE

RESOLUCIÓN

Artículo 1º: El Honorable Concejo Deliberante de Navarro manifiesta su preocupación y solicita al Poder Ejecutivo Provincial que arbitre los medios necesarios a su disposición para que el INSTITUTO OBRA MEDICO ASISTENCIAL (IOMA), la Obra Social con mayor cantidad de afiliados en la Provincia, disponga la cobertura del 100% para la vacuna NEUMOCOCICA conjugada de 13 serotipos y la vacuna polisacárido de 23 serotipos, según los prescripto por el Calendario nacional de Vacunación en forma urgente, en el marco de la emergencia por la pandemia.-

Artículo 2º: Comuníquese a quien corresponde, dese al libro de Resoluciones y Decretos y cumplido, archívese.-

REGISTRADO CON EL Nº 008/20.-

EXPEDIENTES Nº 4022 -HCD- 20.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL H.

CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO

DE NAVARRO, A LOS 07 DIAS DEL MES

DE MAYO DEL 2020.-

        MARÍA C. GUARNERI                                                    FACUNDO I. DIZ

                    Secretaria                                                                      Presidente

Honorable Concejo Deliberante                                  Honorable Concejo Deliberante