Nº 1444/16 – Autorización al D.E. para suscribir a Título Gratuiro el excedente fiscal identificado como: Circunscripción I; Sección B; Quinta 17; Manzana 17a; Parcela 1b con una superficie de 227,50 m2 a favor de la Sra. María Cecilia Iceta y Diego Ignacio Iceta.

VISTO:

Los Expedientes Municipales Internos Nº 802/14 y 882/14, y el Decreto Ley Nº 9533/80, y;

CONSIDERANDO:

Que, la Sra. María Cecilia Iceta y el Sr. Diego Ignacio Iceta poseen un lote de terreno ubicado en la esquina de la Calle 20 y Calle 135 de Navarro, identificado catastralmente como: Circunscripción I; Sección B; Quinta 17; Manzana 17a; Parcela 1a,

Que, lindero a la Parcela 1a y sobre calle 135 existe un excedente de 227,50 m2 identificado en plano de mensura 75-11-2011 (el cual se adjunta al presente) como Parcela 1b, el que viene siendo ocupado y mantenido en condiciones por la Familia Iceta, por más de 30 años, solicitando al Municipio la transferencia a título gratuito del nombrado excedente fiscal,

Que, el Artículo 11 de la Ley 9533/80 del régimen de los Inmuebles del Dominio Municipal y Provincial establece: “Defínase como demasía superficial toda área que resulte cubiertos los títulos vigentes, mediante operación de mensura registrada oficialmente considerando la unidad rodeada por vías de comunicación”, existiendo tres formas de calificar las demasías,

Que, el Inc. 2º) del nombrado Artículo 11º establece que una de las formas de calificar las demasías es: “Cuando la discrepancia del área supere el cinco (5) por ciento de la medida superficial consignada en el respectivo título de dominio, dicha demasía será considerada como excedente fiscal, siempre que sus dimensiones sean inferiores a los mínimos autorizados por las normas municipales reglamentarias de la Ley 8912 o no configuren una unidad de explotación económica independiente, según corresponda a su ubicación en área urbana y complementarias, o rural”,

Que, en virtud de lo ut supra expresado y habiéndose cumplido por parte de los solicitantes las exigencias establecidas en los Incisos a); b) y c) del Artículo 13º del Decreto Ley Nº 9533/80, el cual establece que “Cuando los excedentes previstos en el artículo 11 Inciso 2º) se encuentren ubicados en el área urbana, su dominio será transferido a los propietarios linderos y a título gratuito”.

POR TODO ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DEL PARTIDO DE NAVARRO, EN USO DE
LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo 1º: AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a transferir a Titulo Gratuito el excedente fiscal identificado como: Circunscripción I; Sección B; Quinta 17; Manzana 17a; Parcela 1b con una superficie de 227,50 m2 a favor de la Sra. María Cecilia Iceta y Diego Ignacio Iceta, de acuerdo a los considerandos del presente.-

Artículo 2º: Los gastos y honorarios que genere la transmisión del presente excedente fiscal serán a cargo de los interesados Sra. María Cecilia Iceta y Diego Ignacio Iceta.-

Artículo 3º: Comuníquese a quien corresponde, dese al libro de Resoluciones y Decretos y cumplido, archívese.-

REGISTRADO CON EL Nº 1444/16.-

EXPEDIENTE Nº 3616 -HCD- 16.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL H.
CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO
DE NAVARRO, A LOS 14 DIAS DEL MES
DE NOVIEMBRE DEL 2016.-

EDUARDO BOLONTRADE FACUNDO DIZ
Secretario Presidente
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante