Saltar al contenido

Nº 1480/17 – CONVALIDACIÓN del Modelo de “CONVENIO de AFECTACIÓN a PROTECCIÓN de la VIVIENDA”, Suscripto con la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad de la Provincia de Buenos Aires.-

  • por

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DEL PARTIDO DE NAVARRO, EN USO DE
LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo 1º: CONVALÍDASE el Modelo de “CONVENIO de AFECTACIÓN a PROTECCIÓN de la VIVIENDA”, Suscripto entre la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad de la Provincia de Buenos Aires, representado por el Sr. Ministro de Economía, Lic. Hernán LACUNZA, por una parte, y la Municipalidad de Navarro, representada por el Sr. Intendente Municipal Lic. Santiago A. MAGGIOTTI, por la otra, por el cual el Municipio de Navarro recibirá la documentación para realizar el trámite de afectación al “Régimen de Protección de Vivienda”. (Se adjunta modelo de Convenio).-

Artículo 2º: Comuníquese a quien corresponde, dese al libro de Resoluciones y Decretos y cumplido, archívese.-

REGISTRADO CON EL Nº 1480/17.-

EXPEDIENTES Nº 3718 -HCD- 17.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL H.
CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO
DE NAVARRO, A LOS 23 DIAS DEL MES
DE OCTUBRE DEL 2017.-

EDUARDO BOLONTRADE FACUNDO I. DIZ
Secretario Presidente
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante

CONVENIO DE AFECTACIÓN A PROTECCIÓN DE LA VIVIENDA ENTRE LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD Y EL MUNICIPIO DE NAVARRO

En la localidad de La Plata, Partido de La Plata, Provincia de Buenos Aires, a los ___ días del mes de ________________ del año 2017, reunidos en representación de la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad, el Sr. Ministro de Economía, Lic. Hernán LACUNZA, por una parte, y el Sr. Intendente del Partido de Navarro, Lic. Santiago Alejandro MAGGIOTTI, por la otra parte, convienen en celebrar el presente Convenio a los efectos de facilitar a los habitantes del Municipio, los trámites de afectación al Régimen de Protección de Vivienda previsto por los artículos 244 a 256 del Código Civil y Comercial de la Nación, de conformidad con las siguientes cláusulas:

PRIMERA: Por el presente Convenio el Municipio de Navarro, en adelante “EL MUNICIPIO” se ocupará de recibir la documentación para la afectación al Régimen de “PROTECCIÓN DE VIVIENDA” de los inmuebles comprendidos en su jurisdicción, certificando las fotocopias de los títulos de propiedad y de los documentos presentados por los interesados.————————————————–

SEGUNDA: El funcionario en cuya persona “EL MUNICIPIO” delegue la tarea, en adelante “EL FUNCIONARIO MUNICIPAL”, deberá estar investido de las facultades suficientes, ser designado por Decreto del Ejecutivo Municipal y comunicado su nombramiento a la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad de Buenos Aires, en adelante “EL REGISTRO”.——————————–

TERCERA: “EL MUNICIPIO” procederá a formar un expediente con la documentación mencionada en la cláusula primera, con la “Declaración Jurada” y el “Acta” firmada por las partes y por “EL FUNCIONARIO MUNICIPAL”, lo cual se remitirá bajo su responsabilidad a “EL REGISTRO”.————————————

CUARTA: Recepcionado el expediente por el Departamento Protección de la Vivienda – Atención de Municipios “EL REGISTRO”, se calificará la documentación indicada y las condiciones del dominio. De no existir obstáculos para proceder a la registración, “EL REGISTRO” suscribirá el “Acta” y le otorgará ingreso por el Departamento Recepción y Prioridades siguiéndose los pasos de rigor.——————————————————————————————————

QUINTA: Se dejará constancia en el asiento de dominio correspondiente que la afectación se realizó por expediente municipal y el número y fecha del mismo.——

SEXTA: Una vez asentada la afectación, “EL REGISTRO” expedirá copia certificada del folio respectivo a los efectos de su agregación, junto con copia del “Acta”, al título de propiedad y entregará la documentación al “Funcionario Municipal”.———————————————————————————————

SÉPTIMA: El “Funcionario Municipal” será el encargado de asentar en el título de propiedad la nota de afectación donde conste: “Afectado a Protección de Vivienda (Arts. 244 a 256 del C. C. y C.), por expediente municipal Nº ___-_____/___”; debiendo glosar al título la copia certificada del asiento expedida por “EL REGISTRO” y la copia del “Acta”.—————————————————————

OCTAVA: El procedimiento descripto se aplicará a los trámites simples, debiendo las excepciones tramitarse mediante actuaciones que serán resueltas por la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad.——————————————-

NOVENA: “EL REGISTRO” se compromete a brindar a “EL MUNICIPIO” toda la capacitación necesaria a los efectos de instrumentar el procedimiento a través del Instituto Superior de Registración y Publicidad Inmobiliaria.————————

DÉCIMA: “EL REGISTRO” y “EL MUNICIPIO” coordinarán los procedimientos de entrega de las actas a través de un acto público.——————————————-

DÉCIMO PRIMERA: La documentación que dice “EL REGISTRO” determinará a las pautas de procedimientos no previstas en el presente, así como los recaudos formales de la documentación necesaria al efecto.——————————————–

DÉCIMO SEGUNDA: Las partes, de común acuerdo, establecen que ante cualquier divergencia o interpretación derivada del presente Convenio, se someterán a la Jurisdicción de los tribunales Ordinarios de la Ciudad de La Plata.–

En prueba de conformidad, se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad de La Plata, a los ___ días del mes de________________ de 2017.————————————————————————————-

Santiago A. MAGGIOTTI
Intendente Municipal Lic. Hernán LACUNZA
Ministro de Economía – Pcia. Bs. As.
Dcción. Pcial. Registro de la Propiedad