Nº 1554/19 – INCORPORACIÓN al Programa Lotes con Servicios previstos en la Ley 14.449 y su reglamentación aprobada por Decreto Nº 1062/13 de cinco inmuebles de nuestra localidad.

VISTO:

              El incremento demográfico en la población de Navarro y la consecuente necesidad de dar solución habitacional a las familias de nuestra localidad, y;

CONSIDERANDO:

                                  Que en el Partido de Navarro no rige Ordenanza alguna que reglamente el procedimiento a aplicar respecto de los inmuebles a incorporarse al Programa Lotes con Servicios previstos en la Ley 14.449 y su reglamentación aprobada por Decreto Nº 1062/13, cuya autoridad de aplicación en el Ministerio de Infraestructura de la Provincia de Buenos Aires.

                                  Que la Municipalidad de Navarro adhiere en todos sus términos a la Ley Nº 14.449 y su Decreto Reglamentario, solicitando a tal fin se proceda a autorizar la afectación de los siguientes inmuebles a la nombrada operatoria:

  • Circunscripción I – Sección B – Quinta 29 – Manzana 29b – Parcela 1;
    • Circunscripción I – Sección E – Chacra 41 – Parcela 4;
    • Circunscripción I – Sección E – Chacra 43 – Parcela 7a;
    • Circunscripción I – Sección E – Chacra 43 – Parcela 16;
    • Circunscripción I – Sección E – Chacra 44 – Parcela 4a;

POR TODO ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

DEL PARTIDO DE NAVARRO, EN USO DE

LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo 1º: La presente Ordenanza regirá el procedimiento a aplicar respecto del inmueble a incorporarse al Programa Lotes con Servicios previsto en la Ley Nº 14.449 y su reglamentación aprobada por Decreto Nº 1062/13, cuya autoridad de aplicación en el Ministerio de Infraestructura de la Provincia de Buenos Aires.

Artículo 2º: AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo la afectación al Programa Lotes con Servicios de los siguientes inmuebles:

  • Circunscripción I – Sección B – Quinta 29 – Manzana 29b – Parcela 1;
    • Circunscripción I – Sección E – Chacra 41 – Parcela 4;
    • Circunscripción I – Sección E – Chacra 43 – Parcela 7a;
    • Circunscripción I – Sección E – Chacra 43 – Parcela 16;
    • Circunscripción I – Sección E – Chacra 44 – Parcela 4a;

Artículo 3º: Requerir la intervención de la Subsecretaría Social de Tierras; Urbanismo y Urbanismo del Ministerio de Infraestructura de la Provincia de Buenos Aires, a fin de que se incorpore al Programa Lotes con Servicios de los Planos de Mensura y Subdivisión en relación a los inmuebles descriptos en el Artículo 1º.-

Artículo 4º: Establecer para los citados inmuebles los siguientes indicadores de subdivisión y ocupación del suelo:

F.O.S.: 0,6 – F.O.T.: 1,8;

Dimensiones mínimas de parcela: 12 metros, superficie: 300 metros cuadrados.

Densidad poblacional máxima: 200 habitantes por hectárea.

Servicios esenciales: mejorado de calle, alumbrado público, energía eléctrica domiciliaria, agua corriente, gas natural, desagües cloacales, desagües pluviales, recolección de residuos.

Características de la Edificación: altura máxima: planta baja y dos pisos altos; retiro mínimo de frente: 5 metros, sin retiros mínimos obligatorios laterales ni de fondo.

Artículo 5º: Declarar de “Interés Social” el proceso de escrituración del inmueble que se menciona en los artículos precedentes, requiriéndose la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de las escrituras traslativas de dominio a favor de los adjudicatarios respectivos.-

Artículo 6º: Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar las ventas de los inmuebles que se inscriban a nombre de la Municipalidad de Navarro.-

Artículo 7º: CONVALÍDASE los modelos de Convenios urbanísticos por los cuales se comprometen a realizar las gestiones pertinentes para dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos precedentes.-

Artículo 8º: Comuníquese a quien corresponde, dese al libro de Resoluciones y Decretos y cumplido, archívese.-

REGISTRADO CON EL Nº 1554/19.-

EXPEDIENTE Nº 4000 -HCD- 19.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL H.

CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO

DE NAVARRO, A LOS 05 DIAS DEL MES

DE DICIEMBRE DEL 2019.-

      GUILLERMINA BRUNO                                         ALFREDO CASTELLARI

                    Secretaria                                                                  Presidente

Honorable Concejo Deliberante                              Honorable Concejo Deliberante