Nº 1568/20 – Venta de Parcela 14 y 15 de la Zona Industrial Planificada de Navarro, a los Sres. Ariel Maguire y Gastón Tieri.-

VISTO:

           El Expediente Interno Municipal Nº 0269/2020, por el cual   los Sres. Ariel Santiago Maguire y   Gastón Emmanuel TIERI, solicitan la adquisición de dos parcelas de la Zona industrial Planificada de Navarro, y;

CONSIDERANDO:

           Que por el nombrado expediente municipal el Sr. Ariel Santiago MAGUIRE y el Sr. Gastón Emmanuel TIERI, solicitan a título personal la adquisición de dos parcelas en la Zona Industrial Planificada de Navarro, para radicar allí una Planta de Alimento Balanceado para Aves, Cerdos y Rumiantes,

         Que los nombrados conforman la Empresa denominada “Unión Productiva SRL”, solicitando la compra de las parcelas N° 14 y N° 15, correspondientes a la Chacra N° 1, Circunscripción IX, Sección A, de la Zona Industrial Planificada de Navarro,

        Que con la radicación de la Empresa “Unión Productiva S.R.L.” se estarían creando en principio, doce puestos de trabajo ocupados por vecinos de nuestra localidad,

         Que del informe vertido por la Dirección de Asuntos Jurídicos Municipales se desprende de los Sres. Ariel S. Maguire y Gastón E. TIERI cumplen con las condiciones exigidas por la Ordenanza Municipal N° 164/80 para la adquisición de las parcelas solicitadas, 

        Que este Departamento Ejecutivo ve con sumo beneplácito la necesidad y el desafió de radicar nuevas industrias en la ciudad de Navarro valorando el esfuerzo que eso significa, y 

POR TODO ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

DEL PARTIDO DE NAVARRO, EN USO DE

LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,

SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA

Artículo1º:  AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo a vender a los Sres. Ariel Santiago Maguire y Gastón Emmanuel TIERI las Parcelas 14 y 15, de la Circunscripción IX, Sección A, Chacra 1, de la “Zona Industrial Planificada de Navarro”.

Artículo 2º: La venta debe hacerse en un todo de acuerdo con lo prescripto en la Ordenanza Municipal Nº 164/80 y sus modificatorias.

Artículo 3º: Los   gastos de escrituración objeto de la presente autorización serán soportados por cuenta exclusiva de los compradores.-

Artículo 4º: Comuníquese a quien corresponde, dese al libro de Resoluciones y Decretos y cumplido, archívese.-

REGISTRADO CON EL Nº 1568/20.-

EXPEDIENTE Nº 4042 -HCD- 20.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL H.

CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO

DE NAVARRO, A LOS 27 DIAS DEL MES

DE JULIO DEL 2020.-

        MARÍA C. GUARNERI                                                    FACUNDO I. DIZ

                    Secretaria                                                                      Presidente

Honorable Concejo Deliberante                                  Honorable Concejo Deliberante