VISTO:
Lo dispuesto por los Artículos 24 y 77 inciso a) y concordantes de la Ley Orgánica de las Municipalidades, Resolución de Jefatura de Gabinete Nº 391/08, Resolución Nº 164/08 del Ministerio de Trabajo, Resolución Nº 145/08 de la secretaria de la Gobernación, Ley 14.656 y su reglamentación, Ley Provincial 14.226 y su Decreto Reglamentario, y;
CONSIDERANDO:
Que, con fecha 16 de diciembre de 2010 se sanciona la Ley 14.226 donde se formaliza la creación de la CoMiSaSeP;
Que, en el texto de la norma de referencia dice textualmente en uno de sus artículos, “Invítese al Poder Judicial, Poder Legislativo y a los Municipios de la Provincia de Buenos Aires a adherir a la presente Ley”;
Que, con fecha 28 de diciembre de 2011 se firma el Decreto Nº 120/2011 reglamentario de la mencionada Ley;
Que, la CoMiSaSeP, tiene como objetivo primordial, proponer e impulsar políticas públicas vinculadas a las condiciones y medio ambiente Laboral, de los trabajadores estatales atendiendo fundamentalmente las cuestiones referidas a la prevención y protección de la vida y la salud de todas las personas que se desempeñen en las dependencias públicas;
Que, esta comisión tiene entre algunas de sus funciones las siguientes. a) Fomentar acciones de prevención y protección de la vida y la salud de todas las personas que se desempeñen en las dependencias públicas; b) Elaborar e impulsar proyectos normativos en materia de salud y seguridad para los trabajadores Públicos; c) Desarrollar acciones destinadas a informar y formar a los empleados y funcionarios públicos acerca de los riesgos ocupacionales existentes y las medidas más apropiadas de prevención, control o eliminación de los mismos; d) Desarrollar un sistema de información estadístico en materia de salud y seguridad; e) Promover un clima de permanente cooperación para contribuir a la prevención de los riesgos ocupacionales y al mejoramiento de las condiciones de trabajo; f) Proponer acciones destinadas al fortalecimiento de las Comisiones Jurisdiccionales o Municipales Mixtas de Salud y Seguridad entre otras;
Que, en virtud de la importancia que reviste la Ley 14.226 la Diputada Provincial Soledad Alonso presentó ante expediente Nro. 3350/21-22 la declaración de interés legislativo la adhesión de todos los Municipios, a la creación y funcionamiento de comisiones mixtas de salud y seguridad en el empleo público, con la finalidad de impulsarlas para que se efectivicen para el bienestar de los trabajadores y trabajadoras;
POR TODO ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DEL PARTIDO DE NAVARRO, EN USO DE
LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1º: ADHIÉRASE la Municipalidad de Campana a la Ley Nº 14.226 la cual creo la COMISIÓN MIXTA DE SALUD Y SEGURIDAD EN EL EMPLEO PÚBLICO (CoMiSaSeP). –
Artículo 2º: FACÚLTASE al Departamento Ejecutivo Municipal a disponer las ampliaciones y reestructuraciones sobre el presupuesto vigente en el corriente año para dar respuestas a las necesidades surgidas de la presente Comisión. –
Artículo 3º: ENVÍESE copia de la presente ordenanza a ambas Cámaras de la Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, y a la CoMiSaSeP Provincial, como así también al Ministerio de trabajo para su inclusión en el registro pertinente. –
Artículo 4º: Comuníquese a quien corresponde, dese al libro de Resoluciones y Decretos y cumplido, archívese. –
REGISTRADO CON EL Nº 1619/21.-
EXPEDIENTE Nº 4226 -HCD- 21.-
DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL H.
CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO
DE NAVARRO, A LOS 24 DIAS DEL MES
DE AGOSTO DEL 2021.-
RODOLFO SALEMI PAOLA A. MAGGIOTTI
Secretario Presidenta
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante