Nº 1650/22 – Creación, dentro del ámbito del D.E.M., del “Fondo Especial para la Asociación de Bomberos Voluntarios de Villa Moll”.

VISTO:

               La imperiosa necesidad de contar con 3 cuarteleros permanentes a fin de brindar un mejor y eficaz servicio del cuerpo de Bomberos Voluntarios de Villa Moll hacia el interior del Partido de Navarro, y;

CONSIDERANDO:

                                   Que, personas jurídicas de bien público y sin fines de lucro, como son los Bomberos Voluntarios de Villa Moll, prestan servicios en carácter de servicio público y de manera voluntaria;

                                   Que, el servicio que brinda dicha organización a los vecinos del partido es un servicio de carácter esencial, destacándose la importancia fundamental de la prevención y el tiempo de respuesta ante la emergencia;

                                   Que, el cuartelero es un puesto estratégico clave para el funcionamiento eficiente de cualquier cuartel de Bomberos, por lo tanto, es necesario contar con personal calificado y capacitado para ocuparlo;

                                   Que, el cuartelero u operador de guardia, es un puesto que puede ser ocupado por personas ajenas al cuerpo activo o por personal de Bomberos, siempre ajustándose a lo reglamentado por cada Asociación;

                                   Que, el personal afectado a este tipo de puesto debe estar capacitado teórica y prácticamente para el servicio que se presta, por lo que, a fin de una mejor prestación, cada cuerpo puede reglamentar la instrucción pertinente;

                                   Que, el cuerpo activo de Bomberos Voluntarios Villa Moll, cuenta con 13 integrantes, a saber: jefe del Cuerpo, Sr. Facundo Cavalieri; 2° jefe del cuerpo, Sr. Alberto Serra; Sres./as. Mauricio Roldan, Adrián Moreno, Leonardo Suarez; Hugo Serra, Marcos Torres, Ezequiel Falabella, Leandro Gómez, Federico Cavalieri, Jimena Dávila, Guillermo Giorgini y David Cirone;

                                   Que, existen al día de la fecha 150 socios protectores y que la cuota mensual tiene un valor de $200, dicha asociación recauda la suma mensual de $ 30.000;

                                   Que, suponiendo los gastos de la misma asociación, con la suma mencionada anteriormente no se logran solventar los necesarios;

                                  Que, disponer de la ayuda económica necesaria permite el correcto equipamiento y la capacitación de sus hombres a los efectos de optimizar la prestación de los servicios, de forma gratuita a toda la población ante situaciones de siniestros y/o catástrofes;

                                  Que, el “Fondo Especial para Asociación de Bomberos Voluntarios de Villa Moll” que se solicita, otorgaría el ingreso más importante con el que cuenta el Cuerpo Activo de Bomberos Voluntarios de Villa Moll;

                                  Que, el cuerpo de Bomberos Voluntarios de Navarro cuenta con 4 cuarteleros permanentes;

                                  Que, a fines de asegurar los estándares del servicio prestado a la Comunidad de Vecinos, resulta menester crear el “Fondo Especial para la Asociación de Bomberos Voluntarios de Villa Moll”, a fin de proveer a dicha institución de los medios económicos necesarios para el cumplimiento de sus fines;

Que, la organización, sostenimiento y capacitación de un cuerpo activo, tiene por misión la prevención y extinción de incendios y la intervención operativa para la protección de vidas y bienes que resulten agredidos por siniestros de origen natural, accidental o intencional;

                                   Que, promueven y participan con las asociaciones de igual carácter con las que se tuviera limites comunes, organizaciones zonales orientadas a cumplir con los fines establecidos en el considerando anterior en forma mancomunada y solidaria;

                                   Que, integran la Defensa Civil de la jurisdicción, aportando lo necesario con el objeto de evitar, anular o disminuir los efectos de la guerra, los agentes de la naturaleza u otro desastre de cualquier origen, pueden provocar sobre las personas y sus bienes y contribuir a reestablecer el ritmo normal de la vida en la jurisdicción;

                                   Que, ese honorable cuerpo deliberativo ha reconocido a integrantes de la asociación como personalidades destacadas por la participación activa en los recientes incendios de la provincia de Corrientes sin otra intención más que la de colaboración con los colegas del litoral provocando la reducción del personal activo en nuestra localidad y localidades vecinas;

                                   Que, asesoran y difunden la prevención y la seguridad en todos los niveles comunitarios de la jurisdicción;

                                   Que, mantienen, fortalecen y engrandecen el servicio voluntario a la comunidad, propendiendo al mejoramiento intelectual y cultural, desarrollando un ambiente de cordialidad y solidaridad entre sus asociados;

                                   Que, cubren en forma directa o por medio de destacamentos con los servicios en la jurisdicción del partido de Navarro;

                                   Que, el Cuerpo Activo es el elemento básico y fundamental para el cumplimiento de la misión de la asociación (conforme artículo decimoquinto Estatuto de la Asociación de Bomberos Voluntarios de Villa Moll);

                                   Que, es misión encomendada y de cumplimiento del Cuerpo Activo la prevención y extinción de incendios, rescate y salvamento de personas y bienes, conservación de los materiales y equipos para salvamento y contra incendios, información y educación de la comunidad sobre el servicio que le incumbe, y, la intervención en general, en toda acción que haga a su misión (conforme artículo decimoséptimo del Estatuto de la Asociación de Bomberos Voluntarios de Villa Moll);

                                   Que, conjuntamente a las obligaciones que le impone la Ley, sus reglamentaciones y el estatuto, el integrante del Cuerpo Activo asume además la ineludible obligación ética de procurar por todos los medios de forma moral y profesionalmente a sus subalternos, velando en todo momento y lugar por el prestigio y honor de la profesión, de su cuerpo y de la institución. Esta obligación es de estricto cumplimiento sea cual fuere la situación de revista y mientras pertenezca a esa asociación (conforme artículo decimonoveno del Estatuto de la Asociación de Bomberos Voluntarios de Villa Moll);

                                   Que, esta situación impide a los cuarteleros mantenerse operativos y en funcionamiento para salvar las vidas y los bienes del pueblo;

                                   Que, nos hallamos en vísperas de nuestro aniversario el próximo 2 de junio del corriente;  según ccuenta la historia, el 2 de junio de 1884, un voraz incendio se inició en el barrio porteño de La Boca, por lo que Tomás Liberti (un vecino de la zona que había llegado a Argentina desde Italia) junto a su hijo Oreste organizaron una cadena humana para apagar las llamas que amenazaban propagarse rápidamente en las construcciones aledañas, que eran principalmente conventillosconstruidos a partir de los rezagos de los astilleros de la zona y de fácil combustión;

                                      Que, ese hecho, espontáneo, sirvió como piedra fundacional: aquel 2 de junio de 1884 se creaba el primer Cuerpo de Bomberos Voluntarios, que este 2019 cumple 135 años, cuyo lema «Querer es poder» (“Volere e Potere”), como rezaba el cartel en italiano que se colocó en 1884;

                                      Que, tras apagar las llamas, Liberti y el resto de los vecinos realizaron un manifiesto que tenía como objetivo la creación de un cuartel: «Una chispa podría desarrollar un voraz incendio que reduciría a cenizas nuestras humildes viviendas de madera. Tenemos necesidad de una Sociedad de Bomberos, que en los momentos de peligro salven nuestros bienes y nuestras familias. Con tal motivo los invitamos a la reunión que tendrá lugar el domingo a las 3 de la tarde en el Ateneo Iris», escribieron en 1884;

                                   Que, a fin de brindar un mejor y eficaz servicio para la comunidad;          

POR TODO ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

DEL PARTIDO DE NAVARRO, EN USO DE

LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,

SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA

Artículo 1°: CREASE, en el ámbito del Departamento Ejecutivo Municipal el “FONDO ESPECIAL para la ASOCIACION de BOMBEROS VOLUNTARIOS DE VILLA MOLL” con el objetivo de fortalecer la Institución. –

Artículo 2°: El gasto realizado constituirá dos (2) salarios básicos de empleado Municipal equivalente al valor de 71 módulos de manera mensual para solventar 2 cuarteleros permanentes y será atendido con fondos provenientes de la partida presupuestaria destinada a Defensa Civil. –

Artículo 3°: En caso que el D.E.M no disponga de las partidas presupuestarias de referencia o que las mismas resulten insuficientes, autorícese al mismo a disponer de otras partidas al efecto. –

Artículo 4°: COMUNIQUESE, al D.E.M a fin de continuar la prosecución de la creación del fondo especial. –

Artículo 5°: Comuníquese a quien corresponde, dese al libro de Resoluciones y Decretos y cumplido, archívese. –

REGISTRADO CON EL Nº 1650/22.-

EXPEDIENTE Nº 4344 -HCD- 22.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL H.

CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO

DE NAVARRO, A LOS 13 DIAS DEL MES

DE JUNIO DEL 2022.-

       CAROLINA BOTTERO                                                     FRANCO DI LEO

                  Secretaria                                                                         Presidente

Honorable Concejo Deliberante                                  Honorable Concejo Deliberante