002/15 – Solicitud de arreglo de traza de la Ruta Pvical. Nº 40 a la altura del Km. 88 (Curva de Bastanchuri).

VISTO:

La comprobada peligrosidad de la traza de la Ruta 40 (ex 200) a la atura del kilómetro 88, en la denominada “Curva de Bastanchuri”, donde han ocurrido reiterados accidentes por despistes en ese sector, en algunos casos lamentando víctimas fatales, debido a la escasas medidas de seguridad vial en dicho tramo de la arteria más importante de acceso a nuestra localidad, y;

CONSIDERANDO:

Que la Ruta 40 es jurisdicción de la Dirección de Vialidad de la Provincia De Buenos Aires, si bien no es potestad de este Cuerpo Deliberativo reglamentar lo referido a trazas y/o recorrido sobre aquellos caminos de Jurisdicción Provincial, según la Ley Decreto 6759/58 en su Artículo 27º INC 2., tenemos la facultad de solicitar antes los organismos que correspondan la intervención en actos de gobierno que den seguridad a nuestros vecinos;

Que la repetición de accidentes con pérdidas humanas ocurridas delata y evidencia falencias en las medidas de seguridad;

Que esta importante arteria provincial se encuentra cada vez con mayor caudal de tránsito, debido a su trazado troncal por toda la zona oeste de nuestra Provincia, siendo el acceso principal a nuestra localidad para el desarrollo industrial, comercial y turístico;

POR TODO ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DEL PARTIDO DE NAVARRO, EN USO DE
LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
SANCIONA LA SIGUIENTE

RESOLUCIÓN

Articulo 1º: SOLICITESE al Ministerio de Infraestructura de la Provincia de Buenos Aires, y por su intermedio a la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires, que arbitre las medidas necesarias para revertir este flagelo, teniendo en cuenta lo siguiente:

a) En forma urgente colocación de guarda-raíl, demarcación y señalización; a fin de prevenir a los automovilistas de la peligrosidad y brindarles las condiciones mínimas que la seguridad vial amerita.
b) Modificación y/o ensanche de la traza con la correspondiente señalización, como solución definitiva.

Artículo 2º: Comuníquese a quien corresponde, dese al libro de Resoluciones y Decretos y cumplido, archívese.-

REGISTRADO CON EL Nº 002/15.-

EXPEDIENTES Nº 3421-HCD- 15.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL H.
CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO
DE NAVARRO, A LOS 27 DIAS DEL MES
DE ABRIL DEL 2015.-

EDUARDO BOLONTRADE OSVALDO ASTEGIANO
Secretario Presidente
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante