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1036/06 Ordenanza Nº 1016/06

  • por

VISTO:

La Ordenanza Nº 1016/06, y;

CONSIDERANDO:

Que, en dicho expediente la ASOCIACIÓN COOPERADORA DEL JARDÍN DE INFANTES Nº 906 solicitó al Departamento Ejecutivo que se autorizara la venta del inmueble en el que funcionaba el JARDÍN DE INFANTES Nº 906 con el objeto de destinar lo recaudado por la venta del mismo a la construcción de un Salón de Usos Múltiples;

Que, haciendo lugar a ese pedido el Honorable Concejo Deliberante sancionó la Ordenanza Nº 1016/06 mediante la cual autorizó al Departamento Ejecutivo a ceder el citado inmueble a la ASOCIACIÓN COOPERADORA DEL JARDÍN DE INFANTES Nº 906;

Que, al redactarse el Artículo 1º de la Ordenanza 1016/06 se incurrió en un error al mencionarse la nomenclatura catastral del inmueble objeto de la misma, ya que se mencionó que corresponde a la Circunscripción IX cuando la correcta es Circunscripción VI;

Que, a lo expuesto se agrega que para una mejor redacción de la Ordenanza será más conveniente que el inmueble fuera “donado” y no “cedido” a la ASOCIACIÓN COOPERADORA DEL JARDÍN DE INFANTES Nº 906, con el cargo de vender el inmueble para destinar el total dinero de lo recaudado por la venta a la construcción de un Salón de Usos Múltiples en el nuevo edificio escolar;

POR TODO ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DEL PARTIDO DE NAVARRO, EN USO DE
LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: MODIFÍCASE el Artículo 1º y 2º de la Ordenanza Municipal Nº 1016/06, la que quedará redactado de la siguiente manera:

“Artículo 1º: AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo a donar a la Asociación Cooperadora del Jardín de Infantes Nº 906 de la localidad de J.J. Almeyra, el inmueble denominado catastralmente como: Circunscripción VI; Sección A; Manzana 15; Parcela 17, Partida 192.-

Artículo 2º: La presente donación se realiza con el cargo para el donante de vender el inmueble para destinar el total del dinero de lo recaudado por la venta de construcción de un Salón de Usos Múltiples en el nuevo edificio escolar.-

Artículo 3º: FACÚLTASE al Señor Intendente Municipal a firmar la Escritura Traslativa de Dominio.-

Artículo 4º: Comuníquese a quien corresponda, dése al Libro de Resoluciones y Decretos, y cumplido, archívese”.-

ARTÍCULO 2º: Comuníquese a quien corresponde, dese al libro de Resoluciones y Decretos y cumplido, archívese.-

REGISTRADO CON EL Nº 1036/06.-

EXPEDIENTE Nº 2507 -HCD- 06.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL H.
CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO
DE NAVARRO, A LOS 28 DIAS DEL MES
DE NOVIEMBRE DEL 2006.-

CÉSAR P. ETCHART LEONARDO POUYSEGÚ
Secretario Presidente
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante