VISTO:

La nota ingresada el 12 de enero de 2007 por Mesa de Entradas, firmada por el Inspector de la Jefatura Distrital Navarro Raúl A. Buratovich (Expte. Interno 12/07/JDN. Caratulado “JEFATURA Distrital NAVARRO S/DONACIÓN DE INMUEBLE”), y;

CONSIDERANDO:

Que, en la citada nota, la que fue remitida en el marco del Expediente Nº 21.100804/06 referente a “Eleva Informe de Puesto de Vigilancia Las Marianas”, la Jefatura Distrital Navarro de la Policía de la Provincia de Buenos Aires solicita se instrumenten los trámites legales y administrativos pertinentes para que los inmuebles en lo que actualmente se encuentra el Puesto de vigilancia de Las Marianas sean inscriptos a nombre de la Policía de la Provincia de Buenos Aires.

Que, los citados inmuebles, denominados catastralmente como: Circunscripción VI; Sección C; Manzana 35; Parcelas 5 y 6; Matrículas 5712 y 5713, se encuentran inscriptos a nombre de la Municipalidad de Navarro.

Que, el Departamento Ejecutivo acordó oportunamente con la Jefatura Distrital Navarro de la Policía de la Provincia de Buenos Aires que procedería a donarle esos inmuebles para que allí funcione el Puesto de Vigilancia y/o Destacamento Policial de Las Marianas.

Que, el Artículo 56 de la Ley Orgánica de las Municipalidades establece que para la transferencia de inmuebles a título gratuito “…se necesitará el voto de los dos tercios del total de los miembros del Concejo…”.

POR TODO ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DEL PARTIDO DE NAVARRO, EN USO DE
LASFACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo 1º: DÓNASE a la Policía de la Provincia de Buenos Aires y/o a la Provincia de Buenos Aires, los inmuebles denominados catastralmente como: Circunscripción VI; Sección C; Manzana 35; Parcelas 5 y 6; Matrículas 5712 y 5713.-

Artículo 2º: La presente donación se realiza con el cargo de destinar ambos inmuebles para Puesto de Vigilancia y/o Destacamento Policial a cargo de la Jefatura Distrital de la Policía de la Provincia de Buenos Aires del Partido de Navarro.-

Artículo 3º: Quedará a cargo de la Donataria la registración dominial a su favor de ambos inmuebles por ante la Dirección Provincial del Registro de Propiedad.-

Artículo 4º: Comuníquese a quien corresponda, dése al Libro de Resoluciones y Decretos y cumplido, archívese.-

REGISTRADO CON EL Nº 1047/07.-

EXPEDIENTE Nº 2516 -HCD- 07.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL H.
CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO
DE NAVARRO, A LOS 23 DIAS DEL MES
DE ABRIL DEL 2007.-

CÉSAR P. ETCHART LEONARDO POUYSEGÚ
Secretario Presidente
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante