VISTO:
Que, el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires ha dispuesto mediante Decreto Nº 1824/06, que las exposiciones civiles no se tomen en las Comisarías, y que las mismas deben hacerse en las municipalidades, y;
CONSIDERANDO:
Que, la mayoría de estas exposiciones están originadas en problemas de Minoridad y Familia, y que las mismas resultan indispensables para las personas con mayores problemas sociales de esta comunidad;
POR TODO ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DEL PARTIDO DE NAVARRO, EN USO DE
LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1º: MODIFÍCASE la Ordenanza Impositiva Municipal Nº 1041/07, en su Capítulo VIII: Servicios Administrativos; Artículo 10; Inciso 18. El mismo quedará redactado de la siguiente manera:
“Exposiciones civiles correspondientes al Decreto Provincial Nº 1824/06……… $ 20; excepto las originadas en instituciones de bien público, personas con problemas de indigencia y por cuestiones de familia, que serán gratuitas.”
Artículo 2º: Comuníquese a quien corresponde, dese al libro de Resoluciones y Decretos y cumplido, archívese.-
REGISTRADO CON EL Nº 1058/07.-
EXPEDIENTE Nº 2569 -HCD- 07.-
DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL H.
CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO
DE NAVARRO, A LOS 24 DIAS DEL MES
DE SEPTIEMBRE DE 2007.-
CÉSAR P. ETCHART LEONARDO POUYSEGÚ
Secretario Presidente
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante