EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DEL PARTIDO DE NAVARRO, EN USO DE
LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Fijase en la suma de $ 21.832.501,00 (Pesos VEINTIÚN MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y DOS MIL QUINIENTOS UNO) el Presupuesto de Gastos para el año 2008.-

ARTÍCULO 2º: Fijase en la suma de $ 21.832.501,00 (Pesos VEINTIÚN MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y DOS MIL QUINIENTOS UNO) los recursos destinados a la financiación del artículo 1º.-

ARTÍCULO 3º: Forman parte de la presente Ordenanza las Planillas de Cálculo de Recursos, Presupuesto de Gastos, Sueldos Individuales, Equivalencias en Módulos y complementarios.-

ARTÍCULO 4º: A partir de la aprobación de esta Ordenanza, se dará cumplimiento pleno al acuerdo entre el Departamento Ejecutivo y el Sindicato de Empleados Municipales, incrementándose el valor del módulo a ocho con diez centavos ($ 8,10).
Continúense abonando el concepto definido en anteriores Ordenanzas y Decretos “Garantía Salarial”, la parte de la Remuneración no Bonificable y el “Presentismo” conforme lo dispuesto en el párrafo anterior.-

ARTÍCULO 5º: Modifícase a partir de la sanción de este Presupuesto la remuneración mínima para los agentes municipales mayores de 18 años, que cumplan horario normal y completo de treinta y dos y media (32 y 1/2) horas semanales, la que quedará establecida en setenta y un (71) módulos. El agente integrará además su remuneración con los conceptos señalados en el artículo anterior.-

ARTÍCULO 6º: Será aplicable el régimen establecido por la ley 11757, solo en relación a la especie salarial a los funcionarios no comprendidos en el mismo.-

ARTÍCULO 7º: Apruébese la clasificación institucional de los recursos por rubros, por procedencia y por la naturaleza económica de los mismos, de acuerdo al detalle efectuado en las planillas Anexas.-

ARTÍCULO 8º: Apruébese, la clasificación institucional de los gastos por categorías programáticas, por objeto hasta el nivel de partida parcial, por finalidades y funciones, por fuente de financiamiento y por la naturaleza económica de los mismos, de acuerdo al detalle efectuado en la Planillas Anexas.-

ARTÍCULO 9º: Apruébese la apertura de los créditos fijados por la presente Ordenanza, de acuerdo con los anexos que forman parte de la misma, a nivel de partida principal y en las categorías de programas: Actividad Central, Actividad Específica, Proyectos, Programas y Partidas no Asignables a Programas.-

ARTÍCULO 10º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a distribuir los créditos referidos en el Artículo anterior, hasta el nivel de desagregación que se estime pertinente, según los clasificadores presupuestarios vigentes por aplicación del Decreto Provincial 2980/00 (Reglamentario de la Ley Orgánica de las Municipalidades).-

ARTÍCULO 11º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a realizar las adecuaciones de las Partidas Presupuestarias que resulten necesarias para abonar un adicional del 30% del Presentismo, a partir del 1º de ENERO de 2008.-

ARTÍCULO 12º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a trasladar los saldos de Recursos Afectados que surjan del Estado respectivo al cierre del Ejercicio Fiscal 2008, respetando el destino de los mimos.-

ARTÍCULO 13º: Comuníquese a quien corresponde, dése al libro de Resoluciones y Decretos y cumplido, archívese.-

REGISTRADO CON EL Nº 1071/08.-

EXPEDIENTE Nº 2615 -HCD- 08.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL H.
CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO
DE NAVARRO, A LOS 17 DIAS DEL MES
DE MARZO DEL 2008.-

CÉSAR P. ETCHART CELIA QUATTRINI
Secretario Vice-Presidente 1ª
Honorable Concejo Deliberante en Ejercicio de la Presidencia
Honorable Concejo Deliberante