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1123/09 Administracion general de vialidad

  • por

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DEL PARTIDO DE NAVARRO, EN USO DE
LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo 1º: CONVALÍDASE el ACUERDO, suscripto entre el Sr. Administrador General de la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires Ing. José Arcángel Curto y el Sr. Intendente Municipal de Navarro Dn. Alfredo Castellari, por el cual se procede a llevar a cabo la obra “Iluminación Empalme de la Ruta Provincial Nº 44 con Ruta Provincial Nº 30”. (Se adjunta al presente Acuerdo de referencia).-

Artículo 2º: Comuníquese a quien corresponde, dése al libro de Resoluciones y Decretos y cumplido, archívese.-

REGISTRADO CON EL Nº 1123/09.-

EXPEDIENTE Nº 2773 -HCD- 09.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL H.
CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO
DE NAVARRO, A LOS 26 DIAS DEL MES
DE MAYO DEL 2009.-

CÉSAR P. ETCHART LEONARDO POUYSEGÚ
Secretario Presidente
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante

A C U E R D O

Entre la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires, (en adelante LA D.V.B.A.), representada en este Acto por el Sr. Administrador General Ing. José Arcángel Curto y el Municipio de Navarro (en adelante EL MUNICIPIO), representada en este acto por el Sr. Intendente Alfredo Castellari, resuelven con relación de la obra “Iluminación Empalme de la Ruta Provincial Nº 44 con Ruta Provincial Nº 30” en jurisdicción del Partido de Navarro, la firma del presente Acuerdo, por lo que las partes comprometen a:

1º) LA D.V.B.A. encomienda al MUNICIPIO y éste acepta la conservación y mantenimiento durante el período de vida útil de las instalaciones detalladas en el presente Acuerdo, que consta de 20 columnas de 12 metros de altura libre provistas con una lámpara de vapor de sodio de 400 Watt.-

2º) LA D.V.B.A. se compromete a proveer la totalidad del proyecto de ingeniería necesario para la iluminación.-

3º) LA D.V.B.A. proveerá el total (100%) de los materiales, equipos, mano de obra y demás elementos necesarios para la ejecución total de la obra encomendada.-

4º) LA D.V.B.A. realizará la inspección y aprobación de las tareas ejecutadas en un todo de acuerdo a lo especificado en los planos y documentación que componen el proyecto respectivo.-

5º) EL MUNICIPIO, se compromete a hacerse cargo del pago del consumo de energía eléctrica necesaria para el funcionamiento del Sistema de Iluminación, como de realizar las gestiones ante la Empresa prestataria de Energía Eléctrica para la conexión y provisión de Energía Eléctrica y afrontar los gastos que ello demande.-

6º) EL MUNICIPIO, se responsabiliza por cualquier perjuicio tanto para LA D.V.B.A., como para terceros que pudiera ocasionar las instalaciones colocadas o en vías de ejecución en la zona de camino.-

7º) Si EL MUNICIPIO no diera cumplimiento de la Cláusula 1ª) del presente Acuerdo, LA D.V.B.A. notificará al mismo del estado de las instalaciones, y lo intimará para que ejecute la puesta a punto del sistema. En caso de incumplimiento LA D.V.B.A. contratará los trabajos intimados, con cargo a los fondos de Coparticipación Vial que corresponda.-

8º) LA D.V.B.A. y EL MUNICIPIO acepten para cualquier cuestión judicial la jurisdicción de los Tribunales de la Provincia de Buenos Aires.-

———-En prueba de conformidad, se firma el presente en cinco (5) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto. Destinado el original al expediente que tramita la obligación de las partes y las copias subsiguientes a EL MUNICIPIO, a la Secretaría General de la Gobernación, a la Jefatura Departamental Zona VI y la Sub-Gerencia Administrativo Contable.————————————————
————En la Ciudad de La Plata a los ___________ Días del mes _____________ del año 20…..-