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1127/09 Modificar articulo Nº 22 de la ordenanza impositiva

  • por

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DEL PARTIDO DE NAVARRO, EN USO DE
LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo 1º: REDUCIR los derechos fijados en el Artículo 22 de la Ordenanza Impositiva Vigente (Derechos de Admisión y Uso del Complejo Turístico “Laguna de Navarro”), entre la fecha de sanción de esta Ordenanza y el 31 de agosto de 2009, a los siguientes valores:
Entradas solamente para mayores de 10 años…………………………………….$ 6.00
Permiso por día para la ubicación de carpas…………………………………………………$ 9.00
Permiso por día para la ubicación de carpas, trailers, casas rodantes, motorhomes, colectivos, y camionetas……………………………………………………………………………….$ 9.00

Artículo 2º: DISMINÚYASE el rubro correspondiente del Cálculo de Recursos 12.2.04.00 “Admisión y Uso del Complejo Laguna de Navarro” del Cálculo de Recursos en $ 40.000 (cuarenta mil).-

Artículo 3º: El Departamento Ejecutivo determinará las Partidas del Presupuesto de de Gastos a disminuir, por el mismo importe.-

Artículo 4º: Comuníquese a quien corresponde, dése al libro de Resoluciones y Decretos y cumplido, archívese.-

REGISTRADO CON EL Nº 1127/09.-

EXPEDIENTE Nº 2779 -HCD- 09.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL H.
CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO
DE NAVARRO, A LOS 08 DIAS DEL MES
DE JUNIO DEL 2009.-

CÉSAR P. ETCHART LEONARDO POUYSEGÚ
Secretario Presidente
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante