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1194/10 Ex-Entel

  • por

VISTO:

El Expediente caratulado “ONABE S/ORDENANZA DE CONDONACIÓN DE DEUDAS”, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante el dictado de la Disposición Nº 155 del 129/05/2004 el Organismo Nacional de Bienes (ONABE) dispuso transferir a la Municipalidad de Navarro el inmueble perteneciente al Estado Nacional (Ex-Empresa Nacional de Telecomunicaciones “ENTEL”) denominado catastralmente como: Circunscripción I; Sección A; Manzana 42; Parcela 1.-

Que, para poder formalizar la transferencia a nombre de la Municipalidad de Navarro en los términos de la Ley Nº 24146 se requiere, entre otras cuestiones, el dictado de una Ordenanza de Condonación de Deudas;

POR TODO ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DEL PARTIDO DE NAVARRO, EN USO DE
LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo 1º: CONDÓNASE el cumplimiento a lo establecido en el Artículo 13 de la Ley Nº 24146 y en el Artículo 10 – Inc. e) del decreto Reglamentario Nº 776/93, todas las deudas que, por cualquier concepto (impuestos; gravámenes; tasas; mejoras; contribuciones; etc.) y por cualquier inmueble (tanto aquellos de los que sean titulares de dominio como de los que les han sido afectados) tenga el Estado Nacional y/o el Organismo Nacional de Administración de Bienes en jurisdicción de esta Municipalidad, ya sea que la misa esté reclamada en sede administrativa o judicial, asumiendo la obligación de obtener la cancelación de las medidas cautelares, si las hubiere, y de consentir la restitución de las sumas que, por cualquier motivo, se hubiesen depositado en sede judicial.-

Artículo 2º: Comuníquese a quien corresponde, dese al libro de Resoluciones y Decretos y cumplido, archívese.-

REGISTRADO CON EL Nº 1194/10.-

EXPEDIENTE Nº 2864 -HCD- 10.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL H.
CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO
DE NAVARRO, A LOS 13 DIAS DEL MES
DE DICIEMBRE DEL 2010.-

DARÌO DI FLORIO OMAR ETCHEVERRY
Secretario Presidente
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante