VISTO:
La nota enviada por Productores autodenominados “Grupo Cambio Rural Porcino”, registrado bajo Expediente Nº 2980/10, y;
CONSIDERANDO:
Que, un nuevo Proyecto de Ordenanza de Zonificación se encuentra en estudio en la Comisión pertinente;
Que, el Municipio ha recibido un subsidio del Ministerio de Agricultura; Ganadería y Pesca de la Nación;
Que, para hacerse acreedor de este beneficio los productores instalados a la fecha que aún no contaran con la habilitación definitiva, necesitan una Habilitación Zonal Temporaria hasta la promulgación de la Ordenanza de Zonificación antes mencionada;
POR TODO ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DEL PARTIDO DE NAVARRO, EN USO DE
LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1º: AUTORÍZASE a habilitar en forma temporaria a los productores que figuran en el Anexo I.-
Artículo 2º: Las inversiones que realicen en adelante deberán ser removibles al vencimiento del plazo de vigencia de la presente Ordenanza.-
Artículo 3º: El período de habilitación temporaria y la presente Ordenanza tendrán vigencia desde la promulgación de la misma, hasta el 30/04/2012.-
Artículo 4º: Comuníquese a quien corresponde, dese al libro de Resoluciones y Decretos y cumplido, archívese.-
REGISTRADO CON EL Nº 1200/10.-
EXPEDIENTE Nº 2980 -HCD- 10.-
DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL H.
CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO
DE NAVARRO, A LOS 13 DIAS DEL MES
DE DICIEMBRE DEL 2010.-
DARÌO DI FLORIO OMAR ETCHEVERRY
Secretario Presidente
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante