VISTO:
Que, la OPDS y el Municipio de Navarro, consideran objetivo principal la Política Ambiental sobre la reutilización del Aceite Vegetal Usado (AVU);
Que, el presente PROTOCOLO la OPDS brindará cooperación, asistencia técnica y educativa y el Municipio a su cargo la implementación del Proyecto Piloto AVU;
Que, sabiendo de la importancia que significa no tirar el AVU al ambiente, considerando el impacto ambiental negativo que esto significa, y buscando una mejora de la calidad ambiental, el Ejecutivo Municipal acuerda con la OPDS y;
CONSIDERANDO:
Que, el acuerdo presente tiene por objetivo, RECOLECTAR el AVU e incorporar paulatinamente la separación en origen del aceite y su acopio para su posterior reciclado;
Que, a cargo de la Dirección de Medio Ambiente de la Municipalidad de Navarro estará la coordinación, el seguimiento y evaluación de las actividades acordadas en este Protocolo;
Que, la OPDS y el Municipio acuerdan, instrumentar Campañas de EDUCACIÓN AMBIENTAL y DIVULGACIÓN, a fin de sensibilizar a la Población respecto a los impactos positivos para el ambiente que genera el reciclado de Aceite Vegetal Usado (AVU);
Que, la OPDS brindará asistencia técnica y educativa y el Municipio a su cargo, la implementación del Proyecto AVU;
Que, se determinará una zona o comercios para comenzar y luego se irá ampliando PROGRESIVAMENTE a medida que el programa se vaya afianzando en el seno de la sociedad;
Que, habiendo considerado el PROTOCOLO del PLAN AVU, adjunto a la presente Proyecto de Ordenanza, el acuerdo Firmado por el Ejecutivo Municipal Sr. Intendente Municipal Dn. CASTELLARI Alfredo y el Director Ejecutivo del Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible Dn. MOLINA José Manuel;
POR TODO ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DEL PARTIDO DE NAVARRO, EN USO DE
LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1º: CONVALÍDASE el “Primer Protocolo Adicional al Convenio de Cooperación y Asistencia Recíproca” suscrito entre el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (O.P.D.S.), representado en este acto por su Director Ejecutivo, Dn. José Manuel MOLINA, por una parte; y por la otra la Municipalidad de Navarro, representada en el mismo contrato por el Sr. Intendente Dn. Alfredo CASTELLARI; el cual tiene por objeto el poner en funcionamiento el Proyecto Piloto “A.V.U. : Biodiesel a partir de Aceite Vegetal Usado” en esta Localidad, oportunamente aprobado por Resolución Nº 001/09.-
Artículo 2º: Comuníquese a quien corresponde, dese al libro de Resoluciones y Decretos y cumplido, archívese.-
REGISTRADO CON EL Nº 1215/11.-
EXPEDIENTE Nº 3014 -HCD- 11.-
DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL H.
CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO
DE NAVARRO, A LOS 11 DIAS DEL MES
DE JULIO DEL 2011.-
DARÌO DI FLORIO OMAR ETCHEVERRY
Secretario Presidente
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante
CONVENIO PROTOCOLO ADICIONAL AL CONVENIO DE COOPERACIÓN Y ASISTENCIARECÍPROCA ENTRE EL ORGANISMO PROVINCIAL PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE Y EL MUNICIPIO DE NAVARRO
Entre el ORGANISMO PROVINCIAL PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE de la Provincia de Buenos Aires, en adelante el OPDS, representado en este acto por el Director Ejecutivo del Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible, Don José Manuel MOLINA, con domicilio en calle 12 y 53 Centro Administrativo Gubernamental, Torre II – Piso 14 de la Ciudad de La Plata, por una parte, y el MUNICIPIO DE NAVARRO, en adelante el MUNICIPIO, representado en este acto por el Sr. Intendente Don Alfredo CASTELLARI, con domicilio en calle 107 Nº 80 de la Localidad de Navarro, convienen en celebrar el Primer Protocolo Adicional al Convenio de Cooperación y Asistencia Recíproca, que se regirá por las siguiente Cláusulas:
PRIMERA: Las partes consideran objetivos de la política ambiental en materia de reutilización del aceite vegetal usado:
• Incorporar paulatinamente la separación en origen del aceite vegetal usado generado y su acopio para su posterior reciclado;
• Limitar al mínimo posible la disposición directa del aceite vegetal usado en la red pública de saneamiento;
• Instrumentar campañas de educación ambiental y divulgación a fin de sensibilizar a la población respecto de los impactos positivos para el ambiente que genera el reciclado de aceites vegetales usados;
• Incorporar estrategias de recuperación del aceite vegetal usado adecuados a la realidad local y regional.
SEGUNDA: El presente Protocolo tiene por objeto establecer los términos en los cuales el OPDS brindará cooperación, asistencia técnica y educativa y, por su parte, EL MUNICIPIO tendrá a su cargo la implementación del Proyecto Piloto “AVU: Biodiesel a partir de Aceite Vegetal Usado”.—————————————–
TERCERA: Para el cumplimiento del presente, EL MUNICIPIO se encargará de hacer efectivas las condiciones para el funcionamiento del Proyecto Piloto “AVU: Biodiesel a partir de Aceite Vegetal Usado”, aprobadas por Resolución Nº 001/09 de la Coordinación Ejecutora para el Desarrollo Sostenible, la Planificación Económica Ambiental y el Desarrollo de Energías Alternativas y de controlar el cumplimiento de dichas condiciones por terceros vinculados a EL MUNICIPIO a través de los instrumentos que el mismo efectúe con motivo del Proyecto.————
CUARTA: La coordinación, el seguimiento y evaluación de las actividades acordadas en este Protocolo Adicional estarán a cargo del Señor Intendente Municipal y/o quien él designe.——————————————————————-
QUINTA: La gráfica, la imagen institucional del Proyecto, la identificación visual y la comunicación a efectuarse en el marco de este Protocolo en EL MUNICIPIO serán realizadas, exclusivamente, a través de la Dirección Provincial de Relaciones con la Comunidad del OPDS.———————————————————————-
SEXTA: el OPDS queda eximido de toda responsabilidad por los daños y perjuicios que el acopio, la acumulación o cualquier otra actividad que se realice con el residuo en el marco de este Protocolo Adicional, pudieran ocasionar al personal de EL MUNICIPIO y/o terceros vinculados a EL MUNICIPIO con motivo del Proyecto Piloto “AVU: Biodiesel a partir de Aceite Vegetal Usado”.—–
SÉPTIMA: La duración del presente Protocolo será de dos (2) años o hasta el lanzamiento del Programa Provincial de Recolección y Tratamiento del Aceite Vegetal Usado (lo que ocurra primero). Cualquiera de las partes, mediante notificación fehaciente a la otra y con una antelación no menor de treinta (30) días, podrá resolverlo. La resolución no afectará las actividades en curso o comprometidas.—————————————————————————————-
OCTAVA: A todos los efectos derivados de este Protocolo Adicional, las partes se someten a los Tribunales Competentes del Departamento Judicial de La Plata, constituyendo domicilio en los mencionados en el encabezamiento.——————–
En prueba de conformidad se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de La Plata a los 31 días del mes de Mayo de 2011. –
ALFREDO CASTELLARI
Intendente
Municipalidad de Navarro JOSÉ MANUEL MOLINA
Director Ejecutivo – Organismo Pcial.
para el Desarrollo Sostenible