599/10 Juez de Falta Municipal

VISTO:

La evidente y lamentable falta de respeto que existe hacia las normas en nuestra Sociedad, la falta de respeto a la autoridad de control y aplicación, con más el agravante de que muchas veces el infractor no recibe la sanción merecida por actuar al margen de las disposiciones legales vigentes, y;

CONSIDERANDO:

Que son reiteradas las imprudencias que solemos ver en las Calles de nuestra Ciudad, muchas de ellas graves, sin que parezcan advertidas por quienes deben controlar la situación;

Que es triste ver que muchas veces la misma autoridad de control y de seguridad es la que comete infracciones a distintas normativas aplicables en la convivencia entre los mismos vecinos;

Que la falta de respeto hacia las disposiciones vigentes hace que muchas veces debamos lamentar accidentes de tránsito con trágicas consecuencias que, resultan ser evitables;

Que existen elementales reglas de conducta en cuestiones relacionadas con el diario convivir cuyo incumplimiento es prácticamente colectivo, estando a la vista de todos, y prácticamente ninguno es sancionado;

Que, a modo de ejemplo, el uso del casco reglamentario es elemental para circular en motovehículos y prácticamente ninguno de quienes transitan en tales rodados lo utiliza debida y correctamente;

Que la infracción no parece ser sancionada dentro de los parámetros que dispone el Decreto-Ley N° 8.751/77, en correlato con el Código Contravencional de Navarro y demás disposiciones legales vigentes;

Que la Justicia de Faltas, al menos a nivel local, parece ser ignorada por el Departamento Ejecutivo;

POR TODO ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DEL PARTIDO DE NAVARRO, EN USO DE
LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
SANCIONA LA SIGUIENTE

MINUTA DE COMUNICACIÓN

Artículo 1º: Siendo de público y notorio la cantidad de infracciones que suceden a diario, sin que se les llame la atención a los contraventores y ni siquiera parece que se les sanciona de la manera debida o dentro de los plazos que dispone la misma ley procesal en materia de faltas municipales, es que se solicita desde el Honorable Concejo Deliberante que el Sr. Juez de Faltas de la Municipalidad de Navarro responda dentro de un plazo no superior a los diez días hábiles los interrogantes que se le detallarán.-

Artículo 2º: Sabiendo que el Sr. Juez de Faltas es el encargado de juzgar al infractor por la falta cometida luego de haber recibido el correspondiente informe a través del Acta de constatación, por Denuncia o de oficio y haber sido noticiado dentro de los plazos legales; parece que las contravenciones no resultan ser sancionadas de un modo efectivo o ejemplar.-

Artículo 3º: Ante la total desaprensión hacia la norma por la población en general; y la presunta escasa aplicación de la misma al momento de deber reprenderse, dentro de sus cauces normales, es que se solicita al Sr. Juez de Faltas informe al Honorable Concejo Deliberante lo sucedido en el último año calendario a contar desde la recepción de esta Minuta de Comunicación, y eventualmente lo acredite de modo fehaciente:

a) Cantidad de infracciones sancionadas con amonestación.-
b) Cantidad de infracciones sancionadas con multa.-
c) Cantidad de infracciones sancionadas con arresto.-
d) Cantidad de infracciones sancionadas con inhabilitación.-
e) Si hubo aplicación de sanciones conjunta o alternativamente.-
f) Si hubo aplicación de condenas accesorias.-
g) Cantidad de actuaciones iniciadas de oficio.-
h) Cantidad de actuaciones iniciadas por acta.-
i) Cantidad de actuaciones iniciadas por denuncia.-
j) Si hubo casos de reincidencia, en su caso especifique cuántos.-
k) Si hubo casos de prescripción de la acción.
l) En qué plazo, en promedio, le son elevadas las actuaciones desde el momento en que la infracción se constata por el agente o se denuncia.-
m) Informe dentro de qué tiempo, aproximadamente, con posterioridad a la recepción del acta o la denuncia se determina fecha de audiencia para que el imputado ejerza su derecho de defensa.-
n) Señale en que plazo, promedio o aproximado, fija la audiencia para entrevistarse con el presunto infractor.-
o) Informe si hubo casos de incomparencias injustificadas a los Estrados de la Justicia de Faltas y, en su caso, si ha hecho uso de la fuerza pública y como ha considerado la ausencia en tales circunstancias.-
p) Informe si se ha excusado siempre que debió hacerlo por alguna de las causales previstas expresamente en la Ley Nº 11.922.-
q) Adjunte a las respuestas una planilla con la necesaria estadística correspondiente a las causas ingresadas en los últimos tres años, detallando en aquella misma los temas tratados y asimismo el modo en que finalizaron con sus respectivas Sentencias.-
r) Informe cuál es el importe equivalente a multas por el que se ha sancionado a los infractores en el último año.-
s) Noticie y acredite cuánto dinero ha ingresado al erario público municipal en concepto de pago voluntario a las multas impuestas.-
t) Comunique al H.C.D. la suma dineraria que no se ha percibido en concepto de infracciones sancionadas con multas y que no fueron cobradas.-
u) Informe al Concejo Deliberante la cantidad de infracciones sancionadas e impagas cuyos casos se han remitido a la Asesoría Letrada de la Municipalidad de Navarro para perseguir su cobro a través de la vía judicial.-
v) Especifique a cuánto dinero equivale las multas impagas y que hoy se encuentran en manos de la Asesoría Letrada para intentar su cobranza a través de la correspondiente acción judicial.-
w) Informe, si es de su conocimiento, los resultados obtenidos a través de la vía judicial por el cobro de las multas y cuál es el dinero que ingresó a la Municipalidad de Navarro y al Juzgado de Faltas local como consecuencia de tales acciones judiciales.-

Artículo 4º: Comuníquese a quien corresponde, dese al libro de Resoluciones y Decretos y cumplido, archívese.-

REGISTRADO CON EL Nº 599/10.-

EXPEDIENTE Nº 2884 -HCD- 10.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL H.
CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO
DE NAVARRO, A LOS 14 DIAS DEL MES
DE JUNIO DEL 2010.-

DARÍO DI FLORIO OMAR ETCHEVERRY
Secretario Presidente
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante