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602/10 Agentes Municipales

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VISTO:

La falta de pago en tiempo y forma de los haberes salariales correspondiente a diversas áreas de la Municipalidad de Navarro, incluso el pago a algunas de ellas de modo discriminatorio entre los mismos agentes que laboran en ellas.-

CONSIDERANDO:

Que el Departamento Ejecutivo de la Ciudad de Navarro, como administrador de los recursos económicos municipales, no ha abonado los salarios a todos los agentes municipales; lo cual demuestra su calidad de gestor;

Que dentro de una misma área, se abonan los salarios de una manera totalmente caprichosa, rayana a la discriminación entre los mismos agentes municipales, sin conocerse el verdadero motivo de tal actitud;

Que es en el mismo Estatuto del Empleado Municipal de la Provincia de Buenos Aires (Ley Nº 11.757) donde está contemplado que todo agente municipal tiene derecho a las retribuciones correspondientes por sus labores, debiéndose respetar el Principio de Igualdad consagrados en la Carta Magna patria;

Que debe tenerse en consideración los derechos laborales y sociales consagrados en los Arts. 14 y 14 bis de la Ley Suprema nacional, en la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y en diversos Tratados Internacionales;

Que el derecho a una retribución justa también se encuentra consagrado en el Estatuto de Estabilidad y Escalafón del Personal Municipal, aprobado oportunamente por Ordenanza Nº 136/87;

Que, paradójicamente, al aprobarse la Ordenanza Nº 136/87, es para considerar que quien era el Presidente del Honorable Concejo Deliberante local era el actual Intendente municipal, Don Alfredo Castellari.-

POR TODO ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DEL PARTIDO DE NAVARRO, EN USO DE
LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
SANCIONA LA SIGUIENTE

MINUTA DE COMUNICACIÓN

Artículo 1º. El Honorable Concejo Deliberante de Navarro, en virtud a lo dispuesto en el Art. 77 Inc. d) de la Ley Orgánica de las Municipalidades; se dirige por la presente al Departamento Ejecutivo para que, a través del titular del área que corresponda, informe por medio idóneo y fehaciente acerca de las cuestiones que a continuación se exponen:

a) Infórmese al H.C.D. dentro de qué plazo se deben abonar los salarios a los agentes municipales; describiendo su modalidad de trabajo y de acuerdo a la planta que ocupan en el Municipio; conforme a las categorías consagradas expresamente en la Ley Nº 11.757.-
b) Infórmese al H.C.D. si el Departamento Ejecutivo se encuentra atrasado en el pago de los salarios a los agentes municipales; en su caso, especifique desde qué período.-
c) Contéstese si el Municipio se encuentra en condiciones de realizar el pago de los salarios a los agentes en tiempo y forma a partir del mes siguiente a la recepción de esta Minuta de Comunicación.-
d) Informe cual es el monto mensual que comprende la masa salarial, incluyendo cargas sociales y previsionales. Informe también cuál es el monto mensual a abonar a “Provincia A.R.T.”, al I.P.S. y al I.O.M.A.-
e) Informe, de existir, cuál es la deuda que registra el Municipio con “Provincia A.R.T.”, monto total y desglose mensual; incluyendo aquellas sujetas a convenio de pago.-
f) Informe, de existir deuda con “Provincia A.R.T.”, si los agentes municipales igualmente se encuentran amparados ante el riesgo de suceder cualquier clase de infortunios cubiertos por tal aseguradora.-
g) Informe, de existir, cuál es la deuda que se registra con el I.P.S., monto total y desglose mensual; incluyendo aquellas sujetas a convenios de pago.-
h) Informe, de existir, cuál es la deuda que se registra con el I.O.M.A., monto total y desglose mensual; incluyendo aquellas sujetas a convenios de pago.-
i) Solicítase la remisión de toda aquella documentación fehaciente y pertinente que sirvan para ilustrar las respuestas a los ítems anteriores.-

Artículo 2º: Esta requisitoria se debe responder dentro del plazo consagrado en el Art. 77 Inc. e) de la Ordenanza General Nº 267/80.-

Artículo 3º: Comuníquese a quien corresponde, dese al libro de Resoluciones y Decretos y cumplido, archívese.-

REGISTRADO CON EL Nº 602/10.-

EXPEDIENTES Nº 2915 -HCD- 10.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL H.
CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO
DE NAVARRO, A LOS 09 DIAS DEL MES
DE AGOSTO DEL 2010.-

DARÌO DI FLORIO OMAR ETCHEVERRY
Secretario Presidente
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante