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603/10 Control de vehiculos accseso Navarro

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VISTO:

La necesidad de realizar controles de peso en vehículos de transporte de carga en nuestro partido a través de la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires, y

CONSIDERANDO:

Que la mencionada inquietud es producto de la gran cantidad de camiones con grandes cargas que transitan por las rutas circundantes a la localidad de Navarro, en especial la ruta Provincial Nº 47 en el trayecto que nos une con la localidad de Lujan.

Que este organismo posee los equipos adecuados para dicha tarea como así también el personal debidamente instruido.

Que se podría establecer de manera conjunta con el municipio para que se puedan llevar a cabo los controles en las rutas provinciales existentes en el partido de Navarro.

Que dado el sobrepeso de la mayoría de los vehículos utilizados, se produce el continuo deterioro de las rutas, generando un mayor costo en el mantenimiento y el referido riesgo para la circulación de todo tipo de rodados.

Que los mismos efectos se producen en la continuación de la Ruta 40 (Avda.16) y el acceso Arturo Frondizi (unión con ruta 41) cuya traza atraviesan los ejidos urbanos, generando un mayor malestar en la población.

POR TODO ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DEL PARTIDO DE NAVARRO, EN USO DE
LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
SANCIONA LA SIGUIENTE

MINUTA DE COMUNICACIÓN

Artículo 1º: Diríjase al Departamento Ejecutivo para que realice las gestiones necesarias para que la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires, realice en forma sorpresiva y continua, los controles de peso, a los vehículos de transporte de carga en las rutas y accesos de la localidad de Navarro aplicándose en todos los casos las disposiciones y sanciones vigentes en la Provincia.

Artículo 2º: La Municipalidad colaborará con el personal necesario para el adecuado funcionamiento de los equipos de pesaje y la confección de la documentación correspondiente.

Artículo 3: La Municipalidad gestionará ante las autoridades policiales locales el apoyo necesario para un adecuado control de las operaciones que se realicen.

Artículo 4º: Comuníquese a quien corresponde, dese al libro de Resoluciones y Decretos y cumplido, archívese.-

REGISTRADO CON EL Nº 603/10.-

EXPEDIENTES Nº 2937 -HCD- 10.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL H.
CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO
DE NAVARRO, A LOS 23 DIAS DEL MES
DE AGOSTO DEL 2010.-

DARÌO DI FLORIO OMAR ETCHEVERRY
Secretario Presidente
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante