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613/10 Aeroclub local

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VISTO:

La posibilidad de haber fenecido el plazo por el cual se le habría entregado en concesión un terreno para el desarrollo de su actividad al aeroclub “Coronel Dorrego”, sin que –en su caso- el mismo haya sido renovado, y;

CONSIDERANDO:

Que, es propio de todo funcionario municipal velar por el cuidado del patrimonio de la Comuna;

Que, en la exhaustiva búsqueda realizada en los archivos del Honorable Concejo Deliberante, no fue posible encontrar copia de la supuesta concesión otorgada al aeroclub “Coronel Dorrego” en nuestra Ciudad;

Que, de existir dicha concesión, la misma se encontraría vencida;

Que, el Honorable Concejo Deliberante, conforme lo establecido en el Artículo 77; Inciso d) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, se encuentra facultado a pedir información, tanto al Departamento Ejecutivo como a quien estime oportuno o necesario;

Que, de solicitarse información al Departamento Ejecutivo y no responder tal requisitoria, puede asemejarse a una falta grave prevista en el Artículo 108; Inciso 7º) del Decreto-Ley Nº 6769/58;

POR TODO ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DEL PARTIDO DE NAVARRO, EN USO DE
LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
SANCIONA LA SIGUIENTE

MINUTA DE COMUNICACIÓN

Articulo 1º. SOLICÍTASE al Departamento Ejecutivo que, a través del área que corresponda, remita al Honorable Concejo Deliberante de esta Ciudad, copia fotostática y formalmente certificada por el Juzgado de Paz Letrado Local del Contrato de Concesión o semejante, firmado entre el representante del Municipio en ese entonces y el Presidente del Aeroclub Local.-

Artículo 2º. En caso de encontrarse fenecido el plazo por el cual fue concedido el préstamo del inmueble, el Honorable Concejo Deliberante solicita que se actúe en consecuencia conforme a las disposiciones legales vigentes.-

Artículo 3º. DÉJASE fiel constancia que esta requisitoria se realiza en los términos del Artículo 77; Inciso d), en concordancia con el Artículo 108; Inciso 7º) in limine; de la Ley Orgánica de las Municipalidades.-

Artículo 4º. CÚMPLASE con el plazo consagrado en el Artículo 77; Inciso d) de la Ordenanza General Nº 267/80.-

Artículo 5º: Comuníquese a quien corresponde, dese al libro de Resoluciones y Decretos y cumplido, archívese.-

REGISTRADO CON EL Nº 613/10.-

EXPEDIENTES Nº 2965 -HCD- 10.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL H.
CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO
DE NAVARRO, A LOS 25 DIAS DEL MES
DE OCTUBRE DEL 2010.-

DARÌO DI FLORIO OMAR ETCHEVERRY
Secretario Presidente
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante