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797/01 Convenio con la Direccion Provincial de Saneamiento

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EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE NAVARRO, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE O R D E N A N Z A Artículo 1º: CONVALÍDASE el Convenio entre la Dirección Provincial de Saneamiento y Obras Hidráulicas, dependiente del Ministerio de Obras y Servicios Públicos de la Pcia. De Buenos Aires representada por el Director Operativo Ing. Ever Roque Ceres, por una parte y la Municipalidad de Navarro, representada en este Convenio por el Sr. Intendente Municipal Dn. Alfredo Castellari, por la otra, el presente Convenio tiene por objeto la forma y condiciones que se ejecutarán las tareas de la obra “Limpieza Desagües Pluviales Urbanos, Ciudad de Navarro”. Se adjunta en Anexo I del presente Proyecto, el Convenio up supra mencionado. Artículo 2º: Comuníquese a quien corresponde, dese al libro de Resoluciones y Decretos y cumplido, archívese.- REGISTRADO CON EL Nº 797/01.- EXPEDIENTE Nº 1745 -HCD- 01.- DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL H. CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE NAVARRO, A LOS 22 DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL 2001.- HUGO E. RUOCCO AMILCAR LACUNZA Secretario Presidente Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante CONVENIO ENTRE LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE SANEAMIENTO Y OBRAS HIDRÁULICAS Y LA MUNICIPALIDAD DE NAVARRO.- Entre la DIRECCIÓN PROVINCIAL DE SANEAMIENTO Y OBRAS HIDRÁULICAS, dependiente del Ministerio de Obras y Servicios Públicos de la Provincia de Bs. As., que se designará en adelante “LA DIRECCIÓN”, representado en este acto por su Director Operativo Ing. EVER ROQUE CERES, por una parte y la MUNICIPALIDAD DE NAVARRO, que se designará en adelante “LA MUNICIPALIDAD” representada en este acto por el Sr. Intendente Municipal Dn. Alfredo Castellari por la otra parte, se celebra el presente Convenio de Obra. ARTÍCULO 1°: Este Convenio regirá en la forma y condiciones en que se ejecutarán las tareas de la obra denominada: “Limpieza Desagües Pluviales Urbanos, ciudad de Navarro”en el partido de Navarro. ARTÍCULO 2°: Estará a cargo de “LA DIRECCIÓN”, la ejecución de las tareas de las excavaciones mecánicas, la dirección técnica e inspección de los trabajos convenidos, por lo cual suministrará por intermedio de su Distrito IV con sede en calle Sordeaux N°563 de la ciudad de Las Flores, el personal necesario para la (ejecución, dirección técnica e inspección de la obra y el equipo excavador) durante el plazo estipulado, de acuerdo al detalle establecido en el Anexo I, que forma parte del presente convenio. ARTÍCULO 3°: Será por cuenta de “LA MUNICIPALIDAD” la provisión en obra de : Combustible y Lubricantes reparaciones menores, repuestos, accesorios, servicio de mantenimiento, vigilancia de los equipos excavador y de las casillas del operador, durante los días de la semana dentro del período que demore la ejecución de las tareas, disponer el destino de la tierra sobrante y la devolución del equipo en iguales condiciones a las que se consignara en el Acta de Inventario de comienzo de la obra y que se hará cargo de todos los trabajos que completen la obra. ……………………… Será también por cuenta de “LA MUNICIPALIDAD”, el pago de anticipos de viáticos del personal designado por ”LA DIRECCIÓN”, la ejecución y control de los trabajos, los cuáles serán liquidados quincenalmente por la Jefatura del Distrito IV, de acuerdo a las planillas de ciáticos vigentes durante la realización de los mismos. ………………………Asimismo, deberá tomar las precauciones necesarias para que el equipo tenga abierto el camino de desplazamiento a medida que avancen los trabajos. ARTÍCULO 4°: A partir dela firma del presente Convenio, “LA DIRECCIÓN” tomará a su cargo la responsabilidad civil y/o penal frente a terceros, sobre cualquier inconveniente derivado de la ejecución de la obra, como así también todo tipo de reclamación vinculada a la misma. ARTÍCULO 5°: Igualmente será por cuenta de “LA MUNICIPALIDAD”, el obtener las autorizaciones por escrito para la realización de la obra, de cada uno de los propietarios involucrados, si estos se encontraran en la taza de la obra proyectada, requisito sin el cual no se dará comienzo a los trabajos. ARTÍCULO 6°: Para las excavaciones mecánicas se fija un plazo de 90 (noventa) días corridos de labor para jornadas de nueve (9) horas, contada a partir de la fecha en que los equipos de “LA DIRECCIÓN” comiencen las mismas. ARTÍCULO 7°: Las tareas no darán comienzo hasta tanto “LA MUNICIPALIDAD”no haya hecho efectivo el pago del primer anticipo de viáticos. ARTÍCULO 8°: “LA MUNICIPALIDAD” tomará a su cargo la construcción de todas las obras de arte previstas o no y la provisión de los materiales y mano de obra necesarios para ello, en calidad y cantidad suficiente a fin de lograr una perfecta terminación de las mismas. ARTÍCULO 9°: En caso de paralización de los trabajos por causas atribuibles a “LA MUNICIPALIDAD”, “LA DIRECCIÓN” quedará de hecha facultada a retirar de la obra a su personal, sin más trámite y mediante comunicación por nota de la Jefatura del Distrito IV, quedando automáticamente anulado este convenio. ARTÍCULO 10°: Cuando se produzcan causas de fuerza mayor que justifiquen una real paralización de las obras, “LA MUNICIPALIDAD” deberá comunicar tal circunstancia a “LA DIRECCIÓN”, a fin de que a exclusivo juicio de ésta última, disponga en consecuencia. ARTÍCULO 11°: De ser necesario incluir modificaciones en la obra proyectada “LA MUNICIPALIDAD” deberá comunicar tal circunstancia a “LA DIRECCIÓN”, con la debida antelación con el fin de aprobarlas y autorizarlas, si a juicio de ella estima viable lo solicitado. ARTÍCULO 12°: “LA DIRECCIÓN” se reserva la facultad de retirar el personal de la obra ante situaciones de emergencia hídrica que se manifiesten en el territorio bonaerense, hacia el destino y en los plazos que a su criterio estime necesarios. ANEXO I: INSUMOS Y VIÁTICOS OBRA: “Limpieza Desagües Pluviales Urbanos, ciudad de Navarro”. PARTIDO: Navarro. VOLUMEN DE LA OBRA: 7000m lineales. A) EQUIPAMIENTO A AFECTAR POR PARTE DE LA DIRECCIÓN DE SANEAMIENTO Y OBRAS HIDRÁULICAS. Equipo: Tipo: Una retroexcavadora. Marca: Priestman R.I.: 1796 Equipo Auxiliar: Casilla. B) INSUMOS A PROVEER POR EL MUNICIPIO. 1.- COMBUSTIBLE SEGÚN EL SIGUIENTE CONSUMO a) GAS OIL 66 días equipos x 72 lts/día x $/lts 0.50 = $ 2.376, 00 4 días carretón 100 lts/día x $/lts 0.50 = $ 200, 00 4 días camión 100 lts/día x $/lts 0.50 = $ 200, 00 b) NAFTA 6 semanas traslado inspección x 60 lts.sem. x $/lt. 1,00 = 360, 00 TOTAL RUBRO 1 $ 3.136, 00 2.- LUBRICANTES Y GRASAS (20 % del Rubro 1) $ 3.136, 00 $ 627, 20 3.- REPARACIONES MENORES Y REPUESTOS: (30 % del Rubro 1) $ 3.136, 00 $ 940, 80 4.- VIÁTICOS PARA EL PERSONAL: -1 Equipista x 66 días x $/día 38,73 = $2.556, 18 (Arrién, José L.) -2 Mecánicos x 6 días x $/día 38,73 = $ 454, 76 (Maucouvert, Saúl – Abraham, Juan Luis) -1 Inspector x 9 días x $/día 38, 73 = $ 348, 57 Ing. J. Bidegorroy; Ing. E. Urdániz -1 Chofer Insp. X 9 días x $/día 38, 73 $ 348, 57 A designar. TOTAL 4 ……………………………………………………………………………………… $ 3.718, 08.- MONTO TOTAL ESTIMADO DE OBRA: $ 8.422, 08.- MONTO MENSUAL (3 MESES): $ 2.807, 36.- ARTÍCULO 13°: En prueba de conformidad con todo lo expuesto precedentemente, se firman (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de La Plata a los……………. días del mes de…………………………………. de 2001.- ALFREDO CASTELLARI Ing. EVER ROQUE CERES Intendente Municipal Director Operativo Dirección Pcial. de Saneamiento y Obras Hidráulicas M.O.S.P.