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842/02Calesita en Plaza Emanuel Chaar

  • por

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DEL PARTIDO DE NAVARRO, EN USO DE
LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo 1º: CONVALÍDASE el Permiso de Uso representado en este acto por el Sr. Intendente Municipal Don Alfredo Castellari con domicilio en calle 107 Nº 80 de Navarro, en adelante “LA MUNICIPALIDAD” por una parte, y el Sr. Marcelo Teresín (DNI: 17.521.726), con domicilio en calle 121 entre 12 y 14 de Navarro, en adelante “LA USUARIA”, por la otra, se conviene en celebrar el presente a fin de establecer las cláusulas y condiciones a las que deberá sujetarse el PERMISO DE USO.-

Artículo 2º: MODIFÍCANSE las siguientes cláusulas del respectivo Permiso:
• Cláusula 1ª: Inc. c) Agregar “Días feriados, días no laborables y sus vísperas”.-
• Cláusula 2ª: “Canon Municipal de pesos treinta ($ 30) mensuales”…
“Interés por mora 0,33% diario acumulativo”.

Artículo 3º: Comuníquese a quien corresponde, dese al libro de Resoluciones y Decretos y cumplido, archívese.-

REGISTRADO CON EL Nº 842/02.-

EXPEDIENTE Nº 1892 -HCD- 02.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL H.
CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO
DE NAVARRO, A LOS 28 DIAS DEL MES
DE OCTUBRE DEL 2002.-

ROBERTO DERBIS NÉLIDA E. IRIARTE
Secretario Presidente
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante
P E R M I S O D E U S O

—— En la ciudad de Navarro, a los …… días del mes de septiembre de 2002, entre la Municipalidad de Navarro, representada en este acto por el Sr. Intendente Municipal Don Alfredo Castellari con domicilio en calle 107 Nº 80 de Navarro, en adelante “LA MUNICIPALIDAD” por una parte, y el Sr. Marcelo Teresín (DNI: 17.521.726), con domicilio en calle 121 entre 12 y 14 de Navarro, en adelante “LA USUARIA”, por la otra, se conviene en celebrar el presente a fin de establecer las cláusulas y condiciones a las que deberá sujetarse el PERMISO DE USO.-

PRIMERA: “LA MUNICIPALIDAD” otorga a “LA USUARIA” PERMISO DE USO respecto del espacio físico ubicado en la placita “Emanuel Chaar” de calle 22 entre 107 y 109 de Navarro a fin de instalar una calesita.———————————–

SEGUNDA: El plazo de duración del PERMISO DE USO tendrá una vigencia de 2 (dos) años, contados a partir de la firma del presente.————————————-

TERCERA: LA USUARIA tendrá a su cargo las siguientes obligaciones:
a) Ofrecer una esmerada atención al público, observando los precios de plaza.
b) Solicitar la habilitación municipal correspondiente y abonar la Tasa por Seguridad e Higiene.
c) Desarrollar la actividad comercial durante los días sábados y domingos; días feriados, días no laborables y sus vísperas en el horario de 19 a 23 horas.
e) Facilitar el acceso de funcionarios municipales a efectos de verificar las actividades que se desarrollan.
f) Contratar un seguro de responsabilidad civil para los usuarios, debiendo acreditar ante la Municipalidad el pago de la respectiva póliza.——————-

CUARTA: LA USUARIA se obliga a abonar a LA MUNICIPALIDAD en la Tesorería Municipal un canon de pesos TREINTA ($ 30,00) mensuales. En caso de mora en el pago de las sumas adeudadas por LA USUARIA, se aplicará una multa diaria equivalente al 0,33 por ciento (0,33%) acumulativo hasta el monto del efectivo pago.——————————————————————————————-

QUINTA: LA USUARIA no podrá ceder o transferir total o parcialmente a un tercero el permiso otorgado.————————————————————————

SEXTA: El espacio físico citado será destinado exclusivamente a la actividad descripta en la cláusula PRIMERA; y está prohibido darle otro destino, cualquiera sea. No desarrollará en dicho lugar absolutamente ninguna otra actividad, sino la que le acuerda el presente contrato. No incurrirá en acto alguno contrario a la moral y las buenas costumbres.——————————————————————–

SÉPTIMA: Queda entendido que ninguna responsabilidad directa o indirecta cabrá a LA MUNICIPALIDAD con relación al personal que emplee LA USUARIA, siendo esta última responsable única u directa de todas las obligaciones.——————————————————————————————–

OCTAVA: LA MUNICIPALIDAD queda totalmente exonerada de responsabilidad por los daños que LA USUARIA sufriera en las instalaciones, muebles, útiles y demás bienes.——————————————————————–

NOVENA: Para realizar mejoras u obras de cualquier naturaleza será necesaria la autorización escrita de LA MUNICIPALIDAD.
La ejecución sin el consentimiento obliga a LA USUARIA a hacerse cargo de todos los gastos para adecuarlas al estado anterior. Todas las mejoras que se realicen en las condiciones establecidas en el párrafo primero quedarán incorporadas al patrimonio de LA MUNICIPALIDAD, aún cuando el permiso de uso concluya por cualquier motivo antes del plazo previsto, y siempre sin derecho a compensación o reclamo posterior.———————————————————————————–

DÉCIMA: LA USUARIA deberá velar por la limpieza del espacio físico cedido, absteniéndose de realizar ruidos molestos. Asimismo, LA USUARIA deberá correr por su cuenta y cargo, con la mano de obra de cualquier reparación o mejora que la Municipalidad de Navarro desee realizar en la citada plaza.—————————

DÉCIMAPRIMERA: El espacio físico cedido deberá ser restituido el día del vencimiento del plazo estipulado en el presente contrato, o dentro de los cinco (5) días de comunicada la rescisión del mismo. Por cada día de atraso, y hasta la efectiva devolución correrá una multa diaria equivalente al uno por ciento (1%) del monto del canon.———————————————————————————-

DÉCIMASEGUNDA: Para todos los efectos judiciales o extrajudiciales las partes constituyen los domicilios enunciados “ut supra”, donde serán válidas para todas las notificaciones. Asimismo las partes se someten a la jurisdicción del Juzgado de Paz Letrado de Navarro, del Departamento Judicial de Mercedes, renunciando a otro fuero o jurisdicción.—————————————————————————–

Se firman DOS (2) ejemplares iguales y a los mismos efectos, recibiendo cada una de las partes el suyo en este acto.