VISTO:
Que para que funcione el Jardín Nº 906 de la localidad de J. J. Almeyra, el cual ha sido creado sobre terreno municipal, debe existir una reglamentación a favor de la Dirección General de Cultura y Educación, y;
CONSIDERANDO:
Que ha caducado la Ordenanza Nº 192/88, por la cual se cumplía con lo requerido para su funcionamiento;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DEL PARTIDO DE NAVARRO, EN USO DE
LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a ceder por el término de 10 (diez) años a la Dirección General de Escuelas de la Provincia de Buenos Aires el uso del inmueble ubicado en la localidad de J. J. Almeyra, denominado catastralmente como Circunscripción IV; Sección A; Manzana 15; Parcela 17, con destino al funcionamiento del Jardín de Infantes Nº 906 de éste Distrito-
Artículo 2: Comuníquese a quien corresponda, dese al Libro de Resoluciones y Decretos y cumplido, archívese.-
REGISTRADO CON EL Nº 849/02.-
EXPEDIENTE Nº 1914 -HCD- 02.-
DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL H.
CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO
DE NAVARRO, A LOS 11 DIAS DEL MES
DE NOVIEMBRE DEL 2002.-
ROBERTO DERBIS NÉLIDA E. IRIARTE
Secretario Presidente
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante