872/03 Autorizacion de compra de inmueble

VISTO:

La solicitud del Sr. Gizzi, Carlos Alberto y esposa, Sra. Emma Parini de Gizzi, por Expediente Interno Nº 282-C/03; y

CONSIDERANDO:

Que en dicho Expediente el Sr. Gizzi Carlos y otra, solicitan saldar la deuda que mantiene con la comuna en concepto de Tasas Municipales mediante la entrega de un terreno de propiedad en el marco de la Ordenanza 471/94; y

Que del terreno del cual los vecinos Gizzi son titulares, linda con un barrio en el cual se han construido viviendas de emergencia por lo que reúne las condiciones ideales para seguir construyendo viviendas de esas características; y

Que por tal motivo, se solicitó a tres(3) inmobiliarias de esta ciudad tasación del inmueble propiedad de los vecinos Gizzi conforme lo dispuesto en la Ordenanza 471/94; y

Que dicha tasación ronda un valor de mercado de $ 20.000 a $ 21.000 (informe de tasaciones de Fs. 11/13) y que la deuda que mantiene el Sr. Gizzi y otra con el Municipio al 24 de junio de 2003 asciende a $ 7.383,84 (ver Fs. 21/23) agregándole períodos siguientes hasta la fecha de escrituración del inmueble y el monto adeudado a la Dirección Provincial de Rentas en concepto de impuesto inmobiliario; y

Que de acuerdo al Art. 3º de la Ordenanza 471/94, el valor del bien supera en más de $ 10.000 lo adeudado por el Sr. Gizzi y otra,

POR TODO ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
DEL PARTIDO DE NAVARRO, EN USO DE
LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a comprar por un valor de $ 20.000 el inmueble denominado catastralmente como: Circunscripción 1ª; Sección B; Quinta 22; Parcela 10; Partida 8438 – Matrícula (75) 1876 del Partido de Navarro. Superficie 2940 mts.2.-

Artículo 2º: La compra, se realizará con el único objeto de destinar el inmueble a la construcción de viviendas de emergencia, deberá efectivizarse en un todo de acuerdo con lo establecido por la Ordenanza 471/94; en consecuencia, deberá deducirse del precio a abonar las tasas y contribuciones adeudadas por sus titulares a la Municipalidad, como así también la deuda que el bien mantiene en concepto de impuesto inmobiliario.-

Artículo 3º: Los gastos de escrituración estarán a cargo de la Municipalidad de Navarro, junto con los honorarios y demás del profesional actuante.-

Artículo 4º: Comuníquese a quien corresponde, dese al libro de Resoluciones y Decretos y cumplido, archívese.-

REGISTRADO CON EL Nº 872/03.-

EXPEDIENTE Nº 1989 -HCD- 03.-

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL H.
CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO
DE NAVARRO, A LOS 14 DIAS DEL MES
DE JULIO DEL 2003.-

ROBERTO DERBIS NÉLIDA E. IRIARTE
Secretario Presidente
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante